Trabajo Colaboratrivo 1

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7/23/2019 Trabajo Colaboratrivo 1 http://slidepdf.com/reader/full/trabajo-colaboratrivo-1 1/38 FACULTAD DE DERECHO LEGISLACION COMPARADA EN RELACION A TERAS Equipo de trabajo: VERDAD Autores: Cubas Barboza, Lady Milagros Gamarra Gutierrez, Richard umberto Garc!a "#o$a#, Carla %aola Guerrero &argas, Cecilia %atricia Romero Arroyo, 'a#iela Aleja#dra Derecho Civil VI (utor: Marco Antonio Carmona reni! Ciclo de estudios: &"" )echa de prese#taci*#: +-+.-/+0

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FACULTAD DE DERECHO

LEGISLACION COMPARADA EN RELACION A TERAS

Equipo de trabajo:

VERDAD

Autores:

Cubas Barboza, Lady Milagros

Gamarra Gutierrez, Richard umbertoGarc!a "#o$a#, Carla %aola

Guerrero &argas, Cecilia %atricia

Romero Arroyo, 'a#iela Aleja#dra

Derecho Civil VI

(utor: Marco Antonio Carmona reni!Ciclo de estudios: &""

)echa de prese#taci*#: +-+.-/+0

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Contenido

RESUMEN".........................................................................................................3

INTRODUCCI#N...................................................................................................3

$% REGULACI#N EN LAS LEGISLACIONES COMPARADAS SORE LAS T&CNICAS DEREPRODUCCI#N HUMANA ASISTIDA.......................................................................10

$%$ LEGISLACI#N ESPA'OLA.............................................................................10

$%( LEGISLACI#N ME)ICANA........................................................................15

$%*%$ Le+i!laci,n Civil....................................................................................17

(% Con!i-erar ./ri!0r/-encia nacional com0ara-a.....................................................22

*% La Declaraci,n Univer!al -e lo! Derecho! H/mano! 1DUDH2 3 la Or+ani4aci,n -e la!Nacione! Uni-a! 0ara la E-/caci,n5 la Ciencia 3 la C/lt/ra 1UNESCO2%...............................22

*%$ LA UNESCO"........................................................................................ 22

*%( DUDH................................................................................................. 24

*%* El S/!tento -e la Re!ol/ci,n.....................................................................27

*%6 Prote+er al ni7o -e to-a 8orma -e violencia........................................................28

*%9 La! Recomen-acione! -e la Re!ol/ci,n.......................................................29

:% Concl/!ione! 3 Recomen-acione!.......................................................................37

ILIOGRAFIA..................................................................................................38

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LEGISLACION COMPARADA EN RELACION A TERAS

RESUMEN"

INTRODUCCI#N

La reproducci*# asistida co#siste e# ayudar a la 1aturaleza a seguir su curso cua#do 2sta #o

puede3 45e trata de u# milagro6 1o, s*lo de u#a serie de t2c#icas que co#sigue# e# muchos

casos lo que parec!a imposible: u# embarazo3La reproducci*# asistida es u#a 7orma de reproducci*# e# la que se cue#ta co# la asiste#cia

m2dica para po#er e# co#tacto el *8ulo co# el espermatozoide9 e# los huma#os se emplea e#

los casos e# que se debe superar alg# tipo de problema m2dico que impide a la pareja lograr

u# embarazo3 Esta pr;ctica est; muy di7u#dido a #i8el mu#dial ya que ayuda# a los padres a

llegar al 7i# m;<imo de la sociedad la 7amilia3

Esta pr;ctica se prese#ta e# este caso como los remedios 7re#te a la imposibilidad de u#

porce#taje de la poblaci*# que #o puede acceder a la mater#idad o pater#idad de ma#era

#atural3

Es as! que e# el prese#te trabajo desarrollaremos la reproducci*# Asistida uma#a como medio

o 7i# de llegar a la pater#idad seg# la #aturaleza huma#a 8eri7ica#do si #o ate#ta co#tra el

=rde# #atural del hombre o ate#ta co#tra la dig#idad y perso#alidad co# respecto al derecho del

co#cebido3

1uestro trabajo se basa e# la i#8estigaci*# dogm;tica y critica, a tra82s de a#;lisis de di8ersos

autores quie#es habla# sobre el derecho a la 8ida y la reproducci*#9 crea#do u# criterio cr!tico e#

cada u#o de los i#tegra#tes de este equipo, lle8a#do co#sigo u# a#;lisis a la legislaci*#

comparada y da#do u#a propuesta de soluci*# o sugere#cia co# respecto a esta pr;ctica3

A lo largo del desarrollo de esta i#8estigaci*# debemos de tomar e# cue#ta que u#a Ley debe

establecer #ormas, gara#tizar derechos y asig#ar respo#sabilidades3 La prohibici*# #o resuel8e

el problema #i ayuda al desarrollo de u# 8erdadero Estado de 'erecho3

El Estado y los sistemas de salud deber!a# de co#siderar la i#7ertilidad como u#a e#7ermedad,

para que de este modo las pr;cticas de Reproducci*# Asistida se e#co#trara# cubiertas, deja#do

de lado los 8ac!os e<iste#tes regulados e# #uestro =rde#amie#to >ur!dico3

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oy e# d!a la pareja i#72rtil est; desprotegida al #o haber u#a ley que la regule3

ay u# 8ac!o legal y u#a 7alta de compromiso, que deber!a ser remediado e# el m;s bre8e plazo

La preocupaci*# que pla#teamos es 8;lida siempre que los derechos del embri*# i# 8itro se

8ea# a7ectados dura#te el desarrollo de estas t2c#icas3 E# ese se#tido, podemos adela#tar que

las t2c#icas de reproducci*# huma#a asistida e<trauteri#a s! a7ecta# seriame#te ciertos

derechos e<tra patrimo#iales del co#cebido9 y por lo ta#to, se requiere regular su uso co# la

7i#alidad de e8itar e# todo lo posible la a7ectaci*# de estos derechos, protegidos por el art!culo 0,

#umeral 0 del art!culo / de la Co#stituci*# %ol!tica9 y por el art!culo 0 del C*digo Ci8il3

(eor!as de la reproducci*# huma#a asistida3

%rimero es #ecesario se$alar e# que co#siste la (ERA5, tambi2# llamada reproducci*# asistida

o 7ecu#daci*# arti7icial, y como su mismo #ombre lo dice es el m2todo biom2dico que sustituye el

m2todo #atural de la reproducci*#3

Este tema es muy co#tro8ersial dado que la medici#a reproducti8a es u# 7e#*me#o cie#t!7ico que

ayuda a aquellas perso#as est2riles a te#er hijos media#te este m2todo, reducie#do as! la tasa

de i#7ertilidad e# el mu#do3 5i# embargo este a8a#ce como reto e# la cie#cia m2dica ?ge#2tica@

tambi2# lo es para el 'erecho que de haber pasado de colocar el seme# del 8ar*# e# la 8agi#a

de la mujer, hoy e# d!a se 7orma el preembri*# e# el laboratorio para luego ser depositado e# el

tero de u#a mujer, lo que pues es 2tica y legalme#te cuestio#ado por los abusos que se

pudiera# cometer3

E# Espa$a, el art!culo 0+30 de su co#stituci*# pol!tica se$ala la co#e<i*# e#tre la procreaci*# y

el libre desarrollo de la perso#alidad, e#te#die#do este pri#cipio co#stitucio#al como la

auto#om!a de la perso#a para elegir libreme#te y respo#sableme#te e#tre las opcio#es 8itales

acorde co# sus pre7ere#cias, o sea la opci*# de co#cebir o #o u# hijo es decisi*# perso#al!sima

e# la que #i el estado puede i#miscuirse, #i prohibi2#dola #i impo#i2#dola, debie#do respetar la

libertad de cada ciudada#o3 El estado e# esta situaci*# lo #ico que puede hacer es regular elacceso a las t2c#icas de reproducci*# asistida, se$ala#do los l!mites sobre los que se suste#ta#

y protegie#do los derechos de los usuarios y de los #acidos3 El 0 de mayo del a$o /++ e# el

Co#greso espa$ol se pla#tearo# u# total de 00+ e#mie#das, mie#tras que e# el 5e#ado se

prese#taro# e#mie#das, sie#do el /. de mayo del /++ 7echa e# la que se publica la ltima

re7orma operada e# materia de reproducci*# asistida y supo#e la derogaci*# e<presa de todas

las a#teriores, e# particular de la Ley -0D.., del // de #o8iembre, sobre (2c#icas de

Reproducci*# Asistida, pio#era e# la materia, que habr!a e<pectati8as y espera#zas e# eltratamie#to de la esterilidad, 7re#te a otros m2todos poco adecuados o i#e7icaces y de la Ley

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-/++ cuyo objeto pri#cipal era resol8er el problema gra8e y urge#te de la acumulaci*# de pre

embrio#es huma#os sobra#tes3

Ley 0-/++, publicada e# Espa$a, el /. de mayo del /++ sobre (2c#icas de Reproducci*#

uma#a Asistida, se estructura e# u# total de /. art!culos, ci#co disposicio#es adicio#ales

dedicadas a determi#ar el primero el desti#o de los preembrio#es crio co#ser8ados co#

a#terioridad a la e#trada e# 8igor de la Ley9 la segu#da a la Comisi*# de seguimie#to y co#trol

de do#aci*# utilizaci*# de c2lulas y tejidos huma#os9 la tercera a la =rga#izaci*# 1acio#al de

(raspla#tes y la modi7icaci*# del orga#ismo aut*#omo que represe#ta el ce#tro 1acio#al de

(raspla#tes y Medici#a Rege#erati8a creado por la disposici*# adicio#al #ica de la Ley

-/++, de /0 de 1o8iembre9 la cuarta al Ba#co 1acio#al de L!#eas Celulares que se adscribe

al Mi#isterio de 5a#idad y Co#sumo, a tra82s del "#stituto de salud Carlos """9 y la qui#ta

desti#ada a gara#tizar la #o discrimi#aci*# de las perso#as co# discapacidad que gozar;# de los

mismo derechos y 7acultades reco#ocidos e# esta Ley9 igualme#te, de u#a 'isposici*#

derogatoria #ica, co# el co#te#ido a#tes i#dicado9 y de tres disposicio#es 7i#ales precisa#do la

primera de ellas que esta Ley tie#e car;cter b;sico y se dicta al amparo del art!culo 0D3030Fde

la Co#stituci*# y los art!culos del al 0+ que se dicta al amparo del art!culo 0D303.9 la segu#da

e# la que se 7aculta al gobier#o para que dicte cua#tas disposicio#es resulte# #ecesarias para el

desarrollo y ejecuci*# de esta Ley9 7ij;#dose, 7i#alme#te e# la tercera la e#trada e# 8igor de la

Ley, ya me#cio#ada e# l!#eas precede#tes3

E# este co#te<to, sobre la base de lo que co#stituye precisame#te el ;mbito objeti8o de

aplicaci*# de esta ley, se procede a adoptar e# la misma a dotar de u#a #ue8a regulaci*# a las

t2c#icas de reproducci*# asistida que pueda# practicarse, co# u# criterio m;s abierto al

e#umerarse las t2c#icas que seg# el estado de la cie#cia y la pr;ctica cl!#ica se puede# realizar

hoy e# d!a, a la par que se habilita a la autoridad sa#itaria correspo#die#te para autorizar pre8io

i#7orme de la Comisi*# 1acio#al de Reproducci*# uma#a Asistida, la pr;ctica pro8isio#al y

tutela como t2c#ica e<perime#tal de u#a #ue8a t2c#ica9 u#a 8ez co#statada su e8ide#ciacie#t!7ica y cl!#ica3 (odo ello si# perjuicio de la 7acultad del Gobier#o, media#te Real 'ecreto, de

actualizar la lista de t2c#icas autorizadas, cua#do precisame#te, quede co#statado que u#a

t2c#ica e<perime#tal #ue8a re#e las co#dicio#es de acreditaci*# cie#t!7ica y cl!#ica para su

aplicaci*# ge#eralizada3

%or otro lado esta Ley tambi2# regula que perso#as podr!a# realizar este tipo de procedimie#to

se$ala#do e<presame#te que debe# ser mayores de 0. a$os co# capacidad 7!sica y psicol*gica,

dicho de otra ma#era #o debe# estar i#capacitadas judicialme#te y su ma#i7estaci*# de 8olu#tad

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debe ser por escrito pre8iame#te habie#do sido i#7ormadas, i#cluso los do#a#tes tambi2# debe#

ser mayores de 0. a$os y co# capacidad 7!sica y sicol*gica para obrar3

5eg# el art!culo D/ y D del C*digo de )amilia Catal;# e<ige# que el co#se#timie#to del 8ar*#

a e7ectos de determi#ar la pater#idad se e<prese por escritura pblica ?si hay matrimo#io

art!culo D/30@ o e# docume#to pblico ?art!culo D30@, de #o e<istir co#se#timie#to legal, las

co#secue#cias llegar!a# hasta del tipo pe#al3

Esta Ley proh!be la clo#aci*# de seres huma#os co# 7i#es reproducti8os, pero si se permite co#

7i#es terap2uticos o tra#s7ere#cia #uclear, dicho de otra ma#era es u# proceso de ma#ipulaci*#

dirigido a utilizar c2lulas tro#cales pluripote#tes para ge#erar culti8os de tejidos u *rga#os para

su traspla#te e8ita#do as! cualquier problema i#mu#ol*gico3

Es importa#te se$alar adem;s que los hijos #acidos bajo esta t2c#ica media#te do#aci*#, tie#e#

derecho por s! o por sus represe#ta#tes legales a obte#er i#7ormaci*# ge#eral de quie#es haya#

sido do#a#tes m;s #o i#cluye# la ide#tidad del do#a#te, sal8o que la 8ida o salud del hijo co#

arreglo a las leyes procesales pe#ales se$ale la #ecesidad de que sea re8elado pero #o

orde#ar; de #i#g# modo u# 8!#culo de relaci*# pater#o 7ilial e#tre 2stos a co#secue#cia de la

do#aci*#3

%ara los casos de 7iliaci*# esta Ley ha co#siderado que si #ace# de#tro del matrimo#io o

trecie#tos d!as posteriores a la separaci*# del matrimo#io los hijos #acidos so# de ambos

c*#yuges, los que primerame#te debe# haber co#se#tido por escrito la aceptaci*# de la pr;ctica

de 7ecu#daci*#, d;#dole de esa ma#era al hijo el status de hijo del matrimo#io ?art!culo .30+@

El campo sobre la reproducci*# asistida es muy amplio, so# muchos los pu#tos a tratar sobre

todo cua#do se habla de la 7ecu#daci*# heter*loga, que es la m;s 7recue#te y discutida del

campo legal por los temas de 7iliaci*#3

E# Australia, pa!s pio#ero e# utilizar estos tipos de t2c#icas, la mayor!a de las i#stitucio#es que

lle8a# a cabo pr;cticas de e<perime#taci*#, cue#ta# co# comit2s de 2tica qui2#es cumple# u#

importa#te rol pues so# los e#cargados de decidir si la i#stituci*# lle8ar; a cabo o #o,proyectos de i#8estigaci*#, que i#8olucre# seres huma#os3

Co# respecto a la i#8estigaci*# practicada sobre c2lulas o embrio#es, s*lo est; regulada e# el

estado de &ictoria, media#te la "#7ertility ?Medical %rocedures@ Act que proh!be, e# primer lugar,

la clo#aci*# y la 7ecu#daci*# "#terespecies3 Est;# 8edadas tambi2# las i#8estigacio#es que

pueda# da$ar al embri*#, que lo pueda# 8ol8er i#adecuado para ser impla#tado o que pueda#

reducir las posibilidades de u# embarazo e<itoso, a me#os que sea# autorizadas por el Comit2

Co#sulti8o3 La ley #o s*lo permite la i#8estigaci*# co# preembrio#es i# &itro, si#o tambi2# laimpla#taci*# posterior de los mismos al tero mater#o ?Ley 0D.@3

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  Es Gra# Breta$a, el pa!s e# el que por primera 8ez se dispuso la creaci*# de u# comit2

i#terdiscipli#ario, de#omi#ado Committee o7 "#quiry i#to uma# )ertilizatio# a#d Embriology

?0D./-0D.a cargo de Mary Har#ocI@@ co# el 7i# de estudiar las repercusio#es 2ticas, sociales y

 jur!dicas de las #ue8as t2c#icas de reproducci*#3 El docume#to elaborado se di8ide e# dos

partes3 5e e<po#dr; aqu! u#a bre8e rese$a de la segu#da de ellas, e# ta#to que alude a la

posibilidad de e<perime#taci*# co# embrio#es huma#os3 E# el mismo, si bie# se acepta la

i#8estigaci*# co# embrio#es, se limita a cuestio#es 7u#dame#tales establecie#do el estricto

co#trol que importa la obte#ci*# de u#a lice#cia para ma#ipular embrio#es huma#os9 es por ello

que tipi7ica# como delito crimi#al cualquier utilizaci*# de los mismos si# autorizaci*#3 As! mismo,

se subordi#a la co#cesi*# de la lice#cia a la demostraci*# de imposibilidad de lle8ar a cabo esa

misma i#8estigaci*# sobre material ge#2tico de otra especie, 7ija#do como 7echa l!mite de#tro de

la cual se puede# realizar e<perime#tacio#es 0 d!as3 Esto se 7u#dame#ta e# la capacidad del

co#cebido, de se#tir dolor3 Asimismo, se admite la creaci*# e# laboratorios de susta#cia

embrio#aria huma#a co# 7i#es i#8estigati8os y se acepta e# casos especiales y bajo estricto

co#trol, la posibilidad de utilizar embrio#es co# el objeto de probar e# ellos el e7ecto de drogas o

susta#cias t*<icas3 5i# embargo, el me#cio#ado i#7orme #o recomie#da la tra#s7ere#cia al tero

de la mujer de u#a susta#cia embrio#aria que ha sido ma#ipulada3

5i bie# este i#7orme admite que bajo lice#cia se realice# 7ecu#dacio#es "#terespecies e#

programas dirigidos a paliar la i#7ertilidad, impo#e la destrucci*# de los mismos cua#do alca#ce#

u# estado biocelular3 'e la misma ma#era, se proh!be la impla#taci*# de u# embri*# huma#o e#

el tero de otra especie co# prop*sitos gestacio#ales3 Co# relaci*# a la parte#og2#esis y los

di7ere#tes tipos de clo#ado, si bie# #o las co#sidera actualme#te como posibles e# el g2#ero

huma#o, e# el supuesto caso de que se realice# e# u# 7uturo, sugiere que la autoridad de

co#tralor dicte gu!as co#sig#a#do aquellas i#8estigacio#es que #o ser!a# 2ticame#te aceptables

y por e#de #o aceptadas3

Respecto de la autoridad de co#tralor, el i#7orme pre82 u# orga#ismo aje#o del gobier#o, de laautoridad de salud y de los i#stitutos de i#8estigaci*#, cuyas 7u#cio#es sea# regular y co#trolar

estas pr;cticas y co#ceder las lice#cias3 Asimismo sugiere que los miembros que la i#tegra#

sea# mayoritariame#te aje#os al ;rea m2dica3

'ebido a las i##umerables cr!ticas que se abordaro# co# relaci*# al me#cio#ado i#7orme, e#

0D.D, se public* u# docume#to de otro Comit2 presidido por >oh# %olIi#ghor#e, re7erido al uso

del tejido 7etal3 E# dicho i#7orme se co#sig#a que todo 7eto 8i8o ?#o as! el material place#tario@

merece el respeto que se le debe a todo ser huma#o 8i8o y que los 7etos muertos debe# sertratados como cad;8eres3 Esto implica que el material de los 7etos 8i8os #o puede# ser usados #i

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para i#8estigaci*# #i para terapia y debe haber co#se#timie#to i#7ormado de la madre para

cualquier tipo de acti8idad sobre los 7etos muertos3

 E# Arge#ti#a, pese a la 7alta de legislaci*#, 7u#cio#a u# co#trol alter#ati8o lle8ado a cabo por

comit2s de 2tica i#tegrados por m2dicos y abogados, que se e#cue#tra# e# los hospitales y

u#i8ersidades do#de se lle8a# a cabo este tipo de pr;cticas3 'el mismo modo, e<iste u# Grupo

1acio#al de Co#sulta para la Ma#ipulaci*# Ge#2tica, #o pudie#do realizarse estas acti8idades

si# su e<presa aprobaci*#3 Est; i#tegrado e#tre otros, por cie#t!7icos, 7il*so7os, si#dicalistas y

represe#ta#tes de los i#tereses pblicos sie#do su 7u#ci*# pri#cipal emitir opi#i*# sobre

cualquier acti8idad sobre la i#ge#ier!a ge#2tica3

E# Alema#ia, e# diciembre de 0DD+, el %arlame#to, aprob* la ley que abarca ta#to las t2c#icas

de 7ecu#daci*# asistida como la tem;tica del ma#ejo i#discrimi#ado de embrio#es huma#os3

Esta ley, toma u#a de las posturas m;s restricti8as e# pu#to a las posibilidades de i#8estigaci*#

y reco#ocie#do como desti#o e<clusi8o de todo *8ulo 7ecu#dado su desarrollo gestacio#al3 La

#orma co#templa sa#cio#es pe#ales para quie#es 7ecu#de# arti7icialme#te u# *8ulo co# u#

moti8o di8erso al de producir u# embarazo e# la porta#te3 Co# respecto al #mero de *8ulos

7ecu#dados a impla#tar por la mujer, se reprime pe#alme#te la impla#taci*# de m;s de *8ulos

7ecu#dados e# la misma mujer y de#tro del mismo ciclo, as! como la 7ecu#daci*# de u#a

ca#tidad de *8ulos de la porta#te que e<ceda el #mero de preembrio#es que pueda# ser

impla#tados e# el mismo ciclo, co# la misma pe#alidad, se reprime a quie# e<traiga u# embri*#

del tero de u#a mujer a#tes de que se produzca su #idaci*#, ya sea para impla#tarlo e# otra

mujer o para desti#arla a otros 7i#es3

La ley tambi2# reprime bajo el t!tulo JKtilizaci*# abusi8a de embrio#es huma#osJ, al que 8e#de,

traspasa, adquiere o utiliza para 7i#es que #o co#tribuya# a su co#ser8aci*#, a u# preembri*#,

ya sea producido e# laboratorio o e<tra!do del tero de u#a mujer3 As! mismo se sa#cio#a, co# la

misma pe#a, a quie# pro8ocare el desarrollo e<tracorp*reo de u# preembri*# co# 7i#es di8ersosde pro8ocar u# embarazo o a cualquier acti8idad que #o co#tribuya a su co#ser8aci*#, se pre82

tambi2# la selecci*# de se<os3 5e la sa#cio#a co# e<cepci*# de aquellos casos e# que tal

selecci*# de ha realizado para e8itar la tra#smisi*# de u#a e#7ermedad hereditaria ligada co# el

se<o3 "gualme#te reprime la creaci*# de u# preembri*# co# la misma i#7ormaci*# ge#2tica de

otro preembri*#, 7eto, ser huma#o 8i8o o muerto9 as! como la impla#taci*# de u# preembri*# de

esas caracter!sticas3 Regula tambi2# como tipos pe#ales la 7ecu#daci*# "#terespecies cua#do

por lo me#os u#o de los gametos es huma#o, as! como la impla#taci*# de u# h!brido e# u#amujer o la impla#taci*# de u# embri*# huma#o e# u# a#imal3?"#7orme Bre#da Ley 0DD+@3

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)ra#cia, carece de u#a legislaci*# espec!7ica que abarque la tem;tica de la 7ecu#daci*# asistida

e# sus di8ersas 8aria#tes, pero se rescata la importa#t!sima 7u#ci*# del Comit2 1acio#al de

tica3 'icho Comit2 ha emitido opi#io#es sobre #umerosos temas directame#te 8i#culados a la

materia au#que si bie# #o resulta# obligatorias, de hecho so# acatadas por su ese#cial impacto

moral3

5e aprobaro# dos leyes el / de ju#io de 0DD, las que se i#scribe# e# u#a l!#ea permisi8a3 K#a

de ellas, modi7ica el c*digo ci8il y el pe#al y la otra i#duce 8arios art!culos al c*digo de salud

pblica3 As! se permite el diag#*stico preimpla#tatorio cua#do se trata de embrio#es a7ectados

por e#7ermedades gra8es3 %or otro lado, #o se admite la e<perime#taci*# co# embrio#es, pero s!

la realizaci*# de estudios que #o cause# da$o al embri*#3

Es "talia otro de los pa!ses que #o tie#e legislaci*# positi8a al respecto3 5i bie# el Mi#isterio de

5alud dispuso la creaci*# de u#a Comisi*# que e<ami#ase los problemas de la ma#ipulaci*#

ge#2tica i# &itro, las sugere#cias de ella #o ha# sido puestos e# pr;cticas hasta la actualidad3

'el mismo modo, se permite la crio co#ser8aci*# que te#dr; como 7i# luego, ser impla#tado e#

el tero mater#o3 5ugiere tambi2#, la prohibici*# y pe#alizaci*# de embrio#es muertos co# 7i#es

i#dustriales3

$% REGULACI#N EN LAS LEGISLACIONES COMPARADAS SORE LAS T&CNICAS

DE REPRODUCCI#N HUMANA ASISTIDA

$%$ LEGISLACI#N ESPA'OLAAl co#siderar e# este apartado a la legislaci*# espa$ola como u# pu#to importa#te de re7ere#cia

e# #uestro trabajo, es rele8a#te 8alorar, de 7orma muy ge#eral, algu#os pu#tos abordados e#

otras legislacio#es de algu#os pa!ses del co#ti#e#te europeo3 El estudio comparati8o e# el que

8amos a trabajar se hace co# la 7i#alidad de utilizar su a#;lisis como pu#to de ide#ti7icaci*# y de

apoyo para obser8ar c*mo otras #acio#es, pri#cipalme#te la espa$ola, ha# tratado al tema e#cuesti*# y tambi2# para tomar co#cie#cia de los co#7lictos deri8ados de estas pr;cticas3

Adem;s, esto #os ser8ir; para e#te#der y co#siderar porqu2 e# M2<ico debe e<istir u# marco

 jur!dico especial que regule la pr;ctica de la reproducci*# asistida co# u# especial 2#7asis e#

aquellos co#ceptos que trascie#de# e# los campos socialme#te #ormati8os ?como el derecho

7amiliar@ si# limitarse #icame#te al campo de la medici#a, e# do#de s*lo se regula#,

b;sicame#te, el ejercicio de los di7ere#tes tipos de reproducci*# y su ma#ejo e<perime#tal y

bio2tico3 %or lo ta#to, es importa#te pro8eer y regular los resultados o la 7i#alidad de dicha

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reproducci*#, y e# co#secue#cia, los e7ectos y obligacio#es legales deri8ados de ella, lo cual #os

guiar; e# la propuesta que prete#demos pla#tear, llegado el mome#to, para legislar e# el tema3

E# el caso co#creto de Espa$a, su legislaci*# 0-/++ co#templa que el hijo #acido a tra82s de

u#a reproducci*# asistida, al alca#zar los 0. a$os, podr; te#er acceso a cierta i#7ormaci*#

ge#eral sobre la ide#tidad ge#2tica del do#a#te, a# cua#do, la ley reco#oce el derecho al

a#o#imato3 Este mismo orde#amie#to dota a los hijos #acidos por estas t2c#icas del derecho por

s!, o por sus represe#ta#tes legales, a obte#er i#7ormaci*# ge#eral de los do#a#tes, pero esto #o

i#cluye su ide#tidad3 "gual derecho correspo#de a las receptoras de los gametos y de los pre

preembrio#es3 5*lo e<cepcio#alme#te, e# circu#sta#cias e<traordi#arias, do#de haya u# peligro

cierto para la 8ida o la salud del hijo, o si procede co# arreglo a las Leyes procesales pe#ales,

podr; re8elarse la ide#tidad de los do#a#tes, siempre que esa re8elaci*# sea i#dispe#sable para

e8itar el peligro o para co#seguir el 7i# legal propuesto3 'icha re8elaci*# te#dr; car;cter

restri#gido y #o implicar; e# #i#g# caso la publicidad de la ide#tidad de los do#a#tes3

Art!culo 3 'o#a#tes y co#tratos de do#aci*#3

3 La do#aci*# ser; a#*#ima y deber; gara#tizarse la co#7ide#cialidad de los datos de ide#tidad

de los do#a#tes por los ba#cos de gametos, as! como, e# su caso, por los registros de do#a#tes

y de acti8idad de los ce#tros que se co#stituya#3

Los hijos #acidos tie#e# derecho por s! o por sus represe#ta#tes legales a obte#er i#7ormaci*#

ge#eral de los do#a#tes que #o i#cluya su ide#tidad3 "gual derecho correspo#de a las receptoras

de los gametos y del preembri*#3

5*lo e<cepcio#alme#te, e# circu#sta#cias e<traordi#arias que comporte# u# peligro cierto para la

8ida o la salud del hijo o cua#do proceda co# arreglo a las Leyes procesales pe#ales, podr;

re8elarse la ide#tidad de los do#a#tes, siempre que dicha re8elaci*# sea i#dispe#sable para

e8itar el peligro o para co#seguir el 7i# legal propuesto3 'icha re8elaci*# te#dr; car;cter

restri#gido y #o implicar; e# #i#g# caso publicidad de la ide#tidad de los do#a#tes3

Co#cretame#te, la misma legislaci*# espa$ola co# respecto a la gestaci*# por sustituci*#, e# suart!culo 0+ establece lo siguie#te:

03 5er; #ulo de ple#o derecho el co#trato por el que se co#8e#ga la gestaci*#, co# o si# precio,

a cargo de u#a mujer que re#u#cia a la 7iliaci*# mater#a a 7a8or del co#trata#te o de u# tercero3

/3 La 7iliaci*# de los hijos #acidos por gestaci*# de sustituci*# ser; determi#ada por el parto3

E# el caso co#creto de la 7ecu#daci*# post mortem e<iste u# u#;#ime rechazo y s*lo algu#os

pa!ses, como Alema#ia, lo proh!be# de 7orma e<presa3 =tros, como 1oruega, 5uecia y )ra#cia lo

hace# de 7orma e<pl!cita, suste#tados e# la misma co#dicio#a#te impera#te e# 7u#ci*# de losdesti#atarios de estas t2c#icas, la #ica e<cepci*# es Espa$a e# do#de s! est; permitida3 La ley

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espa$ola acepta la i#semi#aci*# asistida post mortem, siempre que el marido lo haya co#se#tido

pre8iame#te e# escritura pblica o testame#to ?para reco#ocer la 7iliaci*# legal del producto@9

2sta deber; realizarse e# los 0/ meses siguie#tes al 7allecimie#to del padre3 ?art3D, /3@

Art!culo D3 %remorie#cia del marido3

03 1o podr; determi#arse legalme#te la 7iliaci*# #i reco#ocerse e7ecto o relaci*# jur!dica algu#a

e#tre el hijo #acido por la aplicaci*# de las t2c#icas reguladas e# esta Ley y el marido 7allecido

cua#do el material reproductor de 2ste #o se halle e# el tero de la mujer e# la 7echa de la

muerte del 8ar*#3

 /3 1o obsta#te lo dispuesto e# el apartado a#terior, el marido podr; prestar su co#se#timie#to,

e# el docume#to a que se hace re7ere#cia e# el art!culo 3, e# escritura pblica, e# testame#to

o docume#to de i#struccio#es pre8ias, para que su material reproductor pueda ser utilizado e#

los 0/ meses siguie#tes a su 7allecimie#to para 7ecu#dar a su mujer3 (al ge#eraci*# producir; los

e7ectos legales que se deri8a# de la 7iliaci*# matrimo#ial3 El co#se#timie#to para la aplicaci*# de

las t2c#icas e# dichas circu#sta#cias podr; ser re8ocado e# cualquier mome#to a#terior a la

realizaci*# de aqu2llas3 5e presume otorgado el co#se#timie#to a que se re7iere el p;rra7o

a#terior cua#do el c*#yuge sup2rstite hubiera estado sometido a u# proceso de reproducci*#

asistida ya i#iciado para la tra#s7ere#cia de preembrio#es co#stituidos co# a#terioridad al

7allecimie#to del marido3

3 El 8ar*# #o u#ido por 8!#culo matrimo#ial podr; hacer uso de la posibilidad pre8ista e# el

apartado a#terior9 dicho co#se#timie#to ser8ir; como t!tulo para i#iciar el e<pedie#te del art!culo

D de la Ley del Registro Ci8il, si# perjuicio de la acci*# judicial de reclamaci*# de pater#idad3

Co# respecto a la do#aci*# y crioco#ser8aci*# de gametos, todos los pa!ses europeos acepta#

la do#aci*# de seme#3 E# el caso de "#glaterra y Espa$a lo ma#i7iesta# e<presame#te3 'e

hecho, la ley espa$ola aprueba la crioco#ser8aci*# del seme# a lo largo de toda la 8ida del

8ar*# del que procede3 ?Art3 00, 0@

 Art!culo 003 Crioco#ser8aci*# de gametos y preembrio#es3

03 El seme# podr; crioco#ser8arse e# ba#cos de gametos autorizados dura#te la 8ida del 8ar*#

de quie# procede

/3 Los preembrio#es sobra#tes de la aplicaci*# de las t2c#icas de 7ecu#daci*# i# 8itro que #o

sea# tra#s7eridos a la mujer e# u# ciclo reproducti8o podr;# ser crioco#ser8ados e# los ba#cos

autorizados para ello3 La crio co#ser8aci*# de los o8ocitos, del tejido o8;rico y del preembri*#

sobra#te se podr; prolo#gar hasta el mome#to e# que se co#sidere por los respo#sablesm2dicos, co# el dictame# 7a8orable de especialistas i#depe#die#tes y aje#os al ce#tro

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correspo#die#te, que la receptora #o re#e los requisitos cl!#icame#te adecuados para la

pr;ctica de la t2c#ica de reproducci*# asistida

Espa$a e# sus legislacio#es respecti8as, co#sidera# el i#icio de la 8ida huma#a a partir del d!a

0 de la 7ecu#daci*# ?de 7orma e<presa o impl!citame#te@3 E# la ley espa$ola se otorga el

estatus biol*gico al embri*# huma#o e# esa 7echa, pues para e#to#ces ha 7i#alizado la

impla#taci*# e# u# embarazo #atural3 E# el pre;mbulo de la ley se de7i#e como preembri*# a la

7ase del desarrollo embrio#ario que 8a desde la 7ecu#daci*# hasta los 0 d!as3

E# este apartado podemos obser8ar la actitud respetuosa de los pa!ses co# legislacio#es sobre

el tema9 la mayor!a de ellos protege# al embri*# opo#i2#dose a e<po#erlo a cualquier al da$o o

destrucci*# pues dichas #acio#es marca# el i#icio de la 8ida huma#a desde la 7ecu#daci*#3 %or

esta raz*#, bajo #i#gu#a circu#sta#cia se aprueba la utilizaci*# de la 8ida huma#a co# u# 7i#

i#strume#tal #i siquiera e# aras del el a8a#ce de la cie#cia3

 La legislaci*# espa$ola regula la utilizaci*# de embrio#es e# el art!culo 0, el cual se$ala:

Ktilizaci*# de preembrio#es co# 7i#es de i#8estigaci*#3

03 La i#8estigaci*# o e<perime#taci*# co# preembrio#es sobra#tes procede#tes de la

aplicaci*# de las t2c#icas de reproducci*# asistida s*lo se autorizar; si se atie#e a los siguie#tes

requisitos:

a3 ue se cue#te co# el co#se#timie#to escrito de la pareja o, e# su caso de la mujer, pre8ia

e<plicaci*# porme#orizada de los 7i#es que se persigue# co# la i#8estigaci*# y sus

implicacio#es3 'ichos co#se#timie#tos especi7icar;# e# todo caso la re#u#cia de la pareja o de

la mujer, e# su caso, a cualquier derecho de #aturaleza dispositi8a, eco#*mica o patrimo#ial

sobre los resultados que pudiera# deri8arse de ma#era directa o i#directa de las i#8estigacio#es

que se lle8e# a cabo3

b3 ue el preembri*# #o se haya desarrollado i# 8itro m;s all; de 0 d!as despu2s de la

7ecu#daci*# del o8ocito, desco#ta#do el tiempo e# el que pueda haber estado crioco#ser8ado3

E# relaci*# co# la ma#ipulaci*# ge#2tica e# embrio#es huma#os, Espa$a la proh!be# de 7ormae<presa cua#do lle8e co#sigo la alteraci*# del patrimo#io hereditario del embri*# o la selecci*#3

Co# esto se #orma la posibilidad de utilizar las t2c#icas de reproducci*# asistida para e7ecto

terap2utico, de doce#cia o de i#8estigaci*#, pues se ampl!a tambi2# al co#cepto de disposici*#

de *rga#os, tejidos y cad;8eres de seres huma#os como el co#ju#to de acti8idades relati8as a la

obte#ci*#, co#ser8aci*#, utilizaci*#, preparaci*#, sumi#istro y desti#o 7i#al de *rga#os, tejidos y

sus compo#e#tes y deri8ados, productos y cad;8eres 0++ de seres huma#os, i#cluye#do los de

preembrio#es, embrio#es y 7etos, para los 7i#es se$alados3

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$%$%$ REGULACI#N ;UR<DICA ESPA'OLA SORE T&CNICAS DE REPRODUCCI#NASISTIDA

E# el ;mbito de la reproducci*# asistida, las legislacio#es europeas so# las m;s i##o8adoras y

co# mayor apertura a la moder#idad3 E#tre ellas s*lo tomaremos de 7orma precisa a la

legislaci*# espa$ola por te#er u# sistema jur!dico m;s a7!# al #uestro y por ser u#a de las

primeras #acio#es e# legislar al respecto ?Ley -0D.. del // de #o8iembre sobre (2c#icas de

reproducci*# Asistida@3 (ambi2# elegimos este ejemplo porque Espa$a ha legislado y ha

elaborado las re7ormas correspo#die#tes seg# el desarrollo y los a8a#ces cie#t!7icos del tema,

para tratar de coadyu8ar e# todo mome#to co# los e7ectos pri#cipalme#te debidos a la esterilidad

de la sociedad y como co#secue#cia de los cambios su7ridos co# moti8o de la di#;mica social

prese#tada e# dicha #aci*#3 (odo lo cual se po#e de ma#i7iesto e# las re7ormas pla#teadas e#

ley de -/++ del /0 de #o8iembre que modi7ica a la a#terior, e i#corpora di8ersos co#ceptos e#tor#o al tema de la reproducci*#3

Algu#os co#ceptos 7uero# modi7icados u#a 8ez m;s y otros 7uero# i#cluidos e# u#a #ue8a ley e#

el a$o /++3 Esta preocupaci*# e#cue#tra e<plicaci*# y suste#to e# su e<posici*# de moti8os,

pues co#sidera que la ley a#terior ?/++@ s*lo daba u#a respuesta parcial a la di#;mica

prese#tada hasta e#to#ces, la cual se limitaba a la i#8estigaci*# co# preembrio#es y a todos los

aspectos #o co#templados e# su oportu#idad3 5i# embargo, la misma #ecesidad de corregir las

de7icie#cias y co# el a7;# de po#erse a la altura de los a8a#ces e# la materia, se i#corpora#dichos temas y es as! como surge u#a #ue8a ley 8ige#te hasta ahora la Ley 0-/++3

Adicio#alme#te, esta legislaci*# ma#eja el co#trol de la i#7ormaci*# de las partes que i#ter8ie#e#

e# estos procedimie#tos, a tra82s de la creaci*# de u# Registro de la Acti8idad de los ce#tros de

reproducci*# asistida3 La 7i#alidad de dicho registro es ubicar a las parejas o perso#as ?ta#to

do#a#tes como receptoras@, ide#ti7icar el #mero de hijos por parejas y por do#a#tes #acidos a

tra82s de estas t2c#icas9 as! como 0+0 obte#er el registro de datos y tipos de t2c#icas utilizadas,

la estad!stica de 2<ito y, sobre todo, ma#te#er el co#trol sobre el ma#ejo de los preembrio#es

sobra#tes3

La ley que, e# la actualidad, rige a la sociedad espa$ola e# materia de t2c#icas de reproducci*#

asistida se re7iere es la Ley 0-/++ del / de mayo, la cual co#sta de ocho cap!tulos, ci#co

disposicio#es adicio#ales, u#a derogatoria y tres disposicio#es 7i#ales3

'e esta ley, podemos determi#ar i#depe#die#teme#te de su estructura la cual abarca todas y

cada u#a de las materias que ata$e# directame#te la es7era de la reproducci*# asistida como lo

es el campo cie#t!7ico, biol*gico, 2tico y jur!dico, es u#a ley que surge como u#a #ecesidad de

dar soluci*# a las pr;cticas sociales 8i8idas e# la actualidad por su comu#idad, la cual deseosa

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de ser part!cipe de los adela#tos que la cie#cia ha logrado a 7a8or de la i#7ertilidad co# la

7i#alidad de 7u#dar 7amilias arm*#icame#te leg!timas, Espa$a elabora u#a ley que regula la

problem;tica desde u#a perspecti8a biol*gica ci$2#dola a reglas que permita# a sus usuarios

actuar de#tro de u# marco de legalidad y certeza jur!dica, am2# de regular la parte bio2tica y del

material ge#2tico utilizado para obte#er dichos 7i#es, procura#do siempre el respeto que se le

debe dar al embri*#3

Esta ley surge como u#a respuesta a la #ecesidad de regular las t2c#icas de la reproducci*#

asistida e# los casos que es medicame#te i#dicado, co# la 7i#alidad de resol8er problemas de

esterilidad, lo que da gara#t!a y certeza jur!dica de actuar e# u# marco de legalidad, #o s*lo para

los usuarios si#o tambi2# para las cl!#icas que bajo el amparo de esta ley se e#cue#tre#

certi7icadas y autorizadas3

'e#tro de los pri#cipios ge#erales se establece el que las t2c#icas de reproducci*# solo ser;#

utilizadas e# aquellos casos e# do#de #o supo#ga# #i#g# riesgo a la salud y bajo u# estricto

co#se#timie#to i#7ormado a la 8ez de ma#te#er u# co#trol de ide#tidad sumame#te reser8ado3

 E# esta ley se ma#eja como pri#cipio ge#eral la do#aci*# del material ge#2tico y la co#secue#te

7iliaci*# de los hijos #acidos bajo este tipo de t2c#icas, de tal 7orma que e# caso llegarse a

prese#tar u# co#7licto las autoridades lo pueda# resol8er de ma#era i#equ!8oca apeg;#dose a la

ley3

=tra aportaci*# importa#te la e#co#tramos e# el cap!tulo "&, el cual regula las t2c#icas que

puede# usarse e# u#a reproducci*# asistida y la protecci*# de los preembrio#es y embrio#es

sobra#tes e# estas t2c#icas3 Autoriza#do #icame#te la e<perime#taci*# o i#8estigaci*# e#

ellos, s*lo bajo circu#sta#cias que justi7ique# el alca#zar u# be#e7icio a 7a8or de la cie#cia y que

#o sea co#trario a los actos de la huma#idad3

Asimismo e# el cap!tulo & re7iere a la 7orma de orga#izaci*# y requisitos co# que debe# co#tar

los ce#tros sa#itarios y equipos biom2dicos as! como a las obligacio#es a que est;# sometidos3

As! tambi2# se establece u# capitulo que establece las sa#cio#es o i#7raccio#es a que so#e<puestos quie#es i#cumpla# co# los reglas que se$ala la ley, as! como quie#es comercialice#,

tra7ique o ma#ipule# i#debidame#te el material ge#2tico obte#ido de u#a 7ecu#daci*# arti7icial3

 )i#alme#te se establece como medida de co#trol u#a Comisi*# 1acio#al de Reproducci*#

Asistida e#cargada de 8elar por la actualizaci*# de los co#ocimie#tos cie#t!7icos e# la materia,

establecie#do criterios de 7u#cio#amie#to de los ce#tros autorizados para realizar las t2c#icas de

reproducci*# asistida3

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Como pu#to rele8a#te, tambi2# se dispo#e la e<iste#cia de u# Registro 1acio#al cuyo objeti8o

es el lle8ar u# co#trol de los hijos #acidos bajo estas t2c#icas, de la ide#tidad de las parejas

ta#to receptoras como do#a#tes y de la i#7ormaci*# sobre el material ge#2tico empleado3

Como 8emos se trata de u#a ley que abarca todos los campos e# que se e#cue#tra i#merso la

pr;ctica de u#a reproducci*# asistida, e# la que se reglame#ta el uso y sus limitacio#es ta#to de

car;cter perso#al de los que i#ter8ie#e# as! como de las pr;cticas cie#t!7icas, limita#do el hecho

de poder ma#ipular, tra7icar o modi7icar el material ge#2tico utilizado e# u#a reproducci*#

arti7icial, e# la parte de la 7iliaci*# se establece# 7ormas muy espec!7icas de regular el tema

deri8ado de u# acto de reproducci*# asistida y como otra aportaci*# importa#te se$ala las

autoridades y e#tidades que se e#cargara# de lle8ar u# estricto co#trol, ta#to e# la pr;ctica como

e# la i#7ormaci*# de los 7actores que ata$e# el uso de dichas t2c#icas3

$%( LEGISLACI#N ME)ICANA

E# cua#to al tema de reproducci*# asistida, pese a ser u#a pr;ctica que ha te#ido u# aume#to

#otable e# u# importa#te sector de #uestra sociedad sobre todo por ser pla#teada a los

problemas de 7ertilidad, #uestro pa!s #o cue#ta co# u#a regulaci*# jur!dica espec!7ica que

reglame#te dicho tema, #o s*lo e# lo hasta ahora e<iste#te como lo es e# materia de salud, que

si bie# es cierto hay regulaci*# e# cua#to al tema, ello es s*lo u#a re7ere#cia a u#a parte de los

aspectos i#8olucrados, como lo so# disposicio#es de tipo sa#itario para el co#trol de

establecimie#tos y de los pro7esio#istas que i#ter8ie#e# e# dichas pr;cticas, au#que la situaci*#

 jur!dica de la 7iliaci*#, los limites e# cua#to a su pr;ctica #o se e#cue#tra# ple#ame#te

delimitadas, por lo que e# u# a7;# por regular dichas pr;cticas se ha# hecho i#sercio#es al

C*digo Ci8il 8ige#te para el 'istrito )ederal, las cuales co#sideramos #o so# su7icie#tes para

regular el tema y me#os au# cua#do el a8a#ce de la cie#cia cami#a a pasos agiga#tados e#

co#traposici*# a la labor legislati8a que hasta el mome#to se ha realizado, raz*# por la cual

8emos que e<iste u# imperati8o e# co#ju#tar es7uerzos legislati8os que pueda# ser u#i8ersales

e# cua#to a su aplicaci*# jur!dica a#te la complejidad de u# tema como este3

Lo a#terior, #os lle8a a re7le<io#ar sobre la #ecesidad que e<ista u#a reglame#taci*# especial e#

matera de reproducci*# asistida suste#tada pri#cipalme#te e# el derecho de procreaci*# que

#uestra Co#stituci*# co#cede a #uestra sociedad y e# be#e7icio de la misma cie#cia3

03 Co#stituci*# %ol!tica de los Estados K#idos Me<ica#os3

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Es importa#te re7erir#os e# primer lugar a #uestra Carta Mag#a, para partir del art!culo cuarto, e#

su p;rra7o segu#do, pues e# 2l se puede destacar el derecho a la salud y a la libertad de

procreaci*#, e# do#de el Estado te#dr; la obligaci*# de bri#dar la protecci*# #ecesaria para este

7i#3 Es as! que la ley suprema de #uestro pa!s se$ala el derecho a la procreaci*#, para darle

cabida impl!citame#te, a los m2todos de reproducci*# asistida:

Art3 F3 El 8ar*# y la mujer so# iguales a#te la ley3 Esta proteger; la orga#izaci*# y el desarrollo

de la 7amilia3 (oda perso#a tie#e derecho a decidir de ma#era libre, respo#sable e i#7ormada

sobre el #mero y el espaciamie#to de sus hijos3

El art!culo cuarto co#stitucio#al gara#tiza, adem;s, u# derecho a la protecci*# de la salud,

origi#a#do co# esto la obligaci*# del Estado a propiciar la e<iste#cia de i#stitucio#es de salud

que preste# el ser8icio de ate#ci*# m2dica a la poblaci*# que su7re u#a e#7ermedad o bie# que

quiere pre8e#ir u# padecimie#to o alteraci*# e# la salud3 5i se toma e# cue#ta el pu#to de 8ista

m2dico, respecto de las t2c#icas de reproducci*# huma#a asistida, e#co#tramos que se

co#sidera a la esterilidad o i#7ertilidad huma#a como u#a e#7ermedad de #uestro tiempo, la cual

debe ser seriame#te co#templada e# las pol!ticas de salud de los Estados moder#os, cabr!a

e#to#ces re7le<io#ar sobre la respo#sabilidad que te#dr!a el Estado me<ica#o de posibilitar e#

sus di7ere#tes i#stitucio#es de salud el ma#ejo y utilizaci*# de las t2c#icas de reproducci*#

huma#a asistida, como 7orma de gara#tizar que el ciudada#o i#72rtil o est2ril pueda te#er acceso

a la reproducci*# biol*gica3 ?urtado =li8ier, citado por Rodr!guez L*pez, /++:00/@

A partir de tal declaraci*# y bajo ese co#te<to, #uestra misma co#stituci*# da cabida al co#cepto

de derechos reproducti8os3 E#to#ces, 4por qu2 a#te la e8oluci*# cie#t!7ica y sobre todo a#te la

i#cide#cia e# la utilizaci*# de este tipo de este tipo de t2c#icas, hemos sido capaces de ig#orar

sus alca#ces jur!dicos6

$%(%$ LEGISLACION CIVIL

E# M2<ico #o hay u#a legislaci*# co#creta sobre el tema de las t2c#icas de reproducci*#

asistida, a pesar de e<istir u# si##mero de i#iciati8as prese#tadas por los disti#tos grupos

parlame#tarios para su aprobaci*#3 Este 8ac!o legal se debe pri#cipalme#te a la presi*# y

#egati8a de grupos religiosos y a las 7raccio#es parlame#tarias opuestas a la pr;ctica de la

reproducci*# arti7icial3 El pri#cipal problema e# #uestro pa!s, es el gra# desco#ocimie#to legal de

las situacio#es relacio#adas co# los sistemas de reproducci*# asistida, pues este asu#to se ha8isto e#casillado al campo m2dico y a u#as cua#tas repercusio#es, las cuales prete#de# #o

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ig#orar los a8a#ces m2dicos o simula# estar a la 8a#guardia legislati8a, pero est;# muy lejos de

eso3 Los legisladores ha# tratado de pre8er dichos temas e# #uestra legislaci*# ci8il, e# el

campo del derecho de 7amilia, pero se ha# limitado a i#sertar algu#os criterios e# art!culos ya

e<iste#tes, los cuales #orma# el caso de la 7iliaci*# de los hijos #acidos por las t2c#icas de

reproducci*# asistida, circu#scribi2#dolo #icame#te a los derechos deri8ados de u#a 7amilia

co#sa#gu!#ea ge#erada por los m2todos y situacio#es tradicio#ales3 El argume#to a#terior

e#cue#tra su suste#to e# el C*digo Ci8il, cuyos art!culos dispo#e#:

Art!culo 0/3 Los c*#yuges tie#e# derecho a decidir de ma#era libre, i#7ormada y respo#sable el

#mero y espaciamie#to de sus hijos, as! como emplear, e# los t2rmi#os que se$ala la ley,

cualquier m2todo de reproducci*# asistida, para lograr su propia desce#de#cia3 Este derecho

ser; ejercido de com# acuerdo por los c*#yuges3 Art3/D3 El pare#tesco por co#sa#gui#idad es

el 8!#culo e#tre dos perso#as que descie#de# del mismo tro#co com#3

(ambi2# se da pare#tesco por co#sa#gui#idad, e#tre el hijo producto de la reproducci*# asistida

y el hombre y la mujer, o s*lo 2sta, que haya# procurado el #acimie#to para atribuirse el car;cter

de proge#itores o proge#itora3 )uera de este caso, la do#aci*# de c2lulas germi#ales #o ge#era

pare#tesco e#tre el do#a#te y el hijo producto de la reproducci*# asistida3

K#a 8ez determi#ada la 7iliaci*# co#sa#gu!#ea de u# hijo #acido a tra82s de las t2c#icas de

reproducci*# estamos 7re#te 8!#culo que ge#era todos los derechos propios de dicho estado3 %or

lo ta#to, se co#siderara# como hijos #acidos de#tro de matrimo#io y #o se podr; impug#ar la

pater#idad de 2ste, siempre que haya #acido de#tro del matrimo#io o bie# de#tro de los

trescie#tos d!as posteriores a la disoluci*#, si la hubiere, si hubo co#se#timie#to e<preso de la

utilizaci*# de dichos m2todos para su procreaci*# ?Arts3 / y / CC@3

Las accio#es relati8as a la impug#aci*# de la pater#idad ?au# si el hijo hubiere #acido de#tro de

los + d!as despu2s de haberse disuelto el matrimo#io@ #o prosperar;# si el c*#yuge a7ectado

por la 7iliaci*# co#si#ti* de 7orma e<presa la utilizaci*# de m2todos de reproducci*# asistida3 ?Art3

/D CC@35i tomamos e# co#sideraci*# los art!culos a#teriorme#te se$alados, 8eremos que los a8a#ces

cie#t!7icos y su e<plotaci*# e# #uestra sociedad so# u#a co#sta#te e# materia de procreaci*# y,

e# co#secue#cia, #o debe# ser ig#orados3 La aplicaci*# de las t2c#icas moder#as es u#a

realidad cada 8ez m;s 7recue#te e# #uestro pa!s y eso ha lle8ado al surgimie#to cada 8ez mayor

de cl!#icas dedicadas a este tipo de m2todos, co# la #ica 7i#alidad de resol8er la esterilidad de

la pareja3 uiz; esas cl!#icas est2# totalme#te apegadas a la #ormati8idad establecida por

#uestras leyes e i#stitucio#es guber#ame#tales e# materia de salud, pero las pr;cticas e# lasque pudiera# i#currir y sus resultados legales puede# ser totalme#te aje#os a #uestra realidad

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legislati8a e# el campo del derecho ci8il y sobre todo a los co#7lictos sociales ge#erados como

co#secue#cia de su utilizaci*#3 Bajo estas circu#sta#cias, #o ser!a raro e#co#trar casos de mal

uso e# la do#aci*# del material ge#2tico o bie# el alquiler de u# 8ie#tre, situaci*# prohibida por

#uestra ley9 todo esto puede llegar a ge#erar co#7lictos co# respecto a la 7iliaci*# y sus e7ectos3

Las regulacio#es e<iste#tes e# el campo de la salud #o satis7ace# #uestra realidad social pues

deja# u# gra# 8ac!o legal3 Esto deja totalme#te 8ul#erable a #uestra sociedad e# el aspecto de la

7amilia, porque las co#secue#cias de los ;mbitos e# este tipo de materias 8a# m;s all;3 La

respo#sabilidad de resol8er la situaci*# e# co#7licto acerca de la determi#aci*# de qui2# es, o

#o, legalme#te el padre o la madre, implica asumir las respo#sabilidades de esa relaci*#, co#

todo y sus co#secue#cias, como lo ser!a# el ejercicio de la patria potestad, las pe#sio#es

alime#ticias, los derechos sucesorios o hasta impedime#tos para co#traer #upcias, etc2tera3

(odas estas situacio#es parece# u#a 7icci*# pero muchas 8eces sobrepasa# la realidad3

La i#semi#aci*# hom*loga, es decir, aqu2lla e7ectuada co# el esperma del esposo aplicado a su

esposa, #o prese#ta #i#g# problema jur!dico e# particular9 t2c#icame#te se trata de la

disposici*# de compo#e#tes de tejidos para i#semi#aci*# arti7icial legislada por las reglas

ge#erales aplicables para los traspla#tes e# la Ley Ge#eral de 5alud3 Asimismo, la legislaci*#

ci8il co#siderar; al hijo co#cebido media#te este m2todo como producto del matrimo#io bajo el

mismo t!tulo que u#o co#cebido por los m2todos #aturales3

Los problemas se pla#tea# e# el caso de la i#semi#aci*# heter*loga, es decir, aqu2lla e# la que

se usa el seme# proporcio#ado por u# do#a#te aje#o a la pareja, o si la i#semi#aci*# se realiza

e# u#a mujer soltera, 8iuda o di8orciada, o hasta e# parejas co# pre7ere#cias se<uales #o

co#8e#cio#ales3

Estos problemas #o est;# pla#teados e# 7orma e#u#ciati8a o limitati8a e# #i#gu#o de #uestros

cuerpos legislati8os, pues #o se establece el supuesto de u# do#a#te aje#o3 N esta es u#a

situaci*# cotidia#a gracias a la posibilidad de elegir el material ge#2tico co#ser8ado e# los

ba#cos respecti8os, o bie#, si el do#a#te es u#a perso#a co#ocida de la receptora3 E# esteltimo supuesto puede suceder que el do#a#te al pri#cipio #o desee te#er #i#g# 8!#culo

7amiliar, pero co# los a$os cambie de opi#i*# y prete#da el reco#ocimie#to del producto3 =

podr!a co#siderarse tambi2#, el caso de la celebraci*# de u# co#trato de mater#idad subrogada

e# el cual la madre due$a del tero re#tado #o quiera reco#ocer los compromisos pactados y se

#iegue a e#tregar el producto de la co#cepci*#3 'e ser as!, quie#es la haya# co#tratado #o

podr!a# dema#darla pues el co#trato ser!a i#e<iste#te por ser u#a materia que e# #uestro pa!s

se e#cue#tra 7uera del comercio3

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=tra situaci*# compleja es aquella e# la cual, el hijo haya sido co#cebido por u#a mujer soltera,

8iuda o di8orciada a tra82s de i#semi#aci*# heter*loga de do#a#te co#ocido3 El producto ser;,

a#te la legislaci*# ci8il, u# hijo 7uera del matrimo#io co# todos los derechos y obligacio#es

propios de tal 7iliaci*#3 E# este caso, la mujer podr; reco#ocerlo e<presame#te e i#scribirlo e# el

Registro Ci8il como suyo y de padre desco#ocido, as! el hijo adquirir; derecho a los apellidos de

su madre y 2sta ejercer; sobre 2l la patria potestad lo cual dar; como co#secue#cia que madre

e hijo te#dr;# rec!procame#te derechos alime#tarios y sucesorios3 La i#terroga#te se prese#tar!a

si el do#ador de seme# decidiera reclamar la 7iliaci*# respecto del producto9 a#te la 7alta de

legislaci*# al respecto, ser!a sumame#te complicado resol8er el co#7licto3

 Estas so# s*lo algu#as de las cuestio#es sujetas al 8ac!o legal impera#te e# este tipo de

materias3 1o podr!amos pe#sar e# resol8erlas por simple a#alog!a pues se trata de u#a materia

muy co#tro8ertida co# u# si##mero de 8aria#tes totalme#te aje#as a #uestra legislaci*#3

As!, por ejemplo, co# base e# la legislaci*# 8ige#te y a#te la posibilidad de la 7ecu#daci*# post

mortem, se pla#tea la situaci*# de que u# hijo pudiera ser ge#2ticame#te co#yugal, pero

 jur!dicame#te e<tramatrimo#ial, si su #acimie#to tu8iera lugar despu2s de los ++ d!as

posteriores a la muerte del esposo, plazo se$alado e# el C*digo Ci8il ?art!culo /, 7racci*# ""@

para co#siderarlo como hijo de los c*#yuges3

Art!culo /: 5e presume# hijos de los c*#yuges, sal8o prueba e# co#trario:

""3 los hijos #acidos de#tro de los trescie#tos d!as siguie#tes a la disoluci*# del matrimo#io, ya

pro8e#ga 2sta de #ulidad del mismo, de muerte del marido o di8orcio, siempre y cua#do #o haya

co#tra!do #ue8o matrimo#io el e< c*#yuge3 Este t2rmi#o se co#tar;, e# los casos de di8orcio o

#ulidad, desde que de hecho quedaro# separados los c*#yuges por orde# judicial3

Adem;s, los hijos #o co#cebidos al mome#to de la muerte del autor de la here#cia podr!a# ser

co#siderados i#capaces de adquirir por testame#to, por lo ta#to, el hijo p*stumo co#cebido bajo

este esquema quedar!a e<cluido3 Estos casos #o so# hipot2ticos si#o situacio#es reales y que

e# otras #acio#es ya ha# debido ser resultas, pero #uestra legislaci*# #o les ha dadoimporta#cia, las ha dejado a u# lado, como si esto 7uera asu#to de cie#cia 7icci*#3

Como podemos obser8ar se trata de co#7lictos muy serios3 5i los 8emos a la luz de la raz*#

todos, do#a#tes y receptores, tie#e# derecho9 e# #uestra legislaci*# #o se pre82# este tipo de

pla#teamie#tos, pero si hacemos u# a#;lisis comparati8o de otras legislacio#es, #os daremos

cue#ta de que es impresci#dible hablar y sobre todo legislar sobre este tipo de temas3

E# cua#to a la ause#cia de #ormas e# el tema de la reproducci*# asistida, deseamos adherir#os

a la preocupaci*# de Rodr!guez Ma#za#era co# respecto a pa!ses como el #uestro:

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Los pa!ses del tercer mu#do puede# co#8ertirse e# Ore7ugios ge#2ticosP, es decir e# lugares e#

do#de puede# realizarse impu#eme#te todo tipo de e<perime#taci*# de i#ge#ier!a ge#2tica, ya

que la legislaci*# de los pa!ses ce#trales la est;# limita#do seriame#te3 Lo a#terior #o es

7a#tas!a: los datos de e<perime#taci*# co# 7;rmacos, de saqueo de tejidos y *rga#os huma#os,

de utilizaci*# de medici#as prohibidas e# el pa!s de orige# de apro8echamie#to de las

co#dicio#es de pobreza y de ig#ora#cia, y ?por qu2 #o decirlo@ la corrupci*#, #os obliga a estar

alerta3 ?Cit3 por Arambula, /++.:00@

 acemos #uestra la preocupaci*# a#terior pues la #ue8a realidad surgida a ra!z del progreso de

la medici#a, de la biolog!a y de la ge#2tica, pla#tea i#terroga#tes las cuales supera# todo lo

pre8isto e# #uestra legislaci*# Ci8il3 %or ello, se debe promo8er u#a tras7ormaci*# de los

co#ceptos b;sicos del derecho que ata$e# pri#cipalme#te al derecho de 7amilia, al sucesorio, al

de los co#tratos y al de la salud e# materia de m2todos de reproducci*# asistida9 esto puede

trasce#der hasta el tr;7ico de *rga#os y abarcar tambi2# el ;mbito de lo pe#al3

Al a#alizar lo a#terior, podemos e#to#ces e#7atizar la gra# problem;tica prese#te alrededor de la

ause#cia de u#a legislaci*# e# materia 7amiliar que regule este tipo de situacio#es las cuales #o

podemos ig#orar: ya 7orma# parte de #uestra misma sociedad y de su e8oluci*#3

=tra de las causas por las que #o se ha podido legislar este tema es la gra# presi*# ejercida por

parte de los grupos radicales de la sociedad quie#es se opo#e# taja#teme#te a la 8aloraci*# de

este tipo de situacio#es por co#siderarlos co#trarios a la moral y a la dig#idad huma#a3 Este

problema seguir; e<istie#do a cabo de los a$os, debido a la cultura e idiosi#crasia de #uestro

pueblo3

K#a situaci*# similar sucede co# la presi*# ejercida por la "glesia3 'icha i#stituci*# co#sidera a

este tipo de t2c#icas como ate#tados e# co#tra de la 8ida huma#a, pues sus cree#cias atribuye#

el orige# del hombre a tra82s de u# ser supremo quie# decide las circu#sta#cias del #acimie#to

de u# ser a tra82s de la 7ecu#daci*# co#yugal3

El C*digo Ci8il del Estado de (abasco hizo u# primer i#te#to legislati8o9 #o obsta#te dichoi#ter2s, los gra#des 8ac!os a# supera# a la ley e# la 8ida cotidia#a, pero es preciso reco#ocer

que e# su legislaci*# se e#cue#tra# disposicio#es m;s e<presas e# el tema de reproducci*#

asistida y de sus implicacio#es jur!dicas e# el campo del derecho 7amiliar3 Esto marca u#a pauta

si# precede#te e# la legislaci*# e<iste#te3

'e esta ma#era, e#co#tramos que a este cuerpo legal se agrega# di7ere#tes disposicio#es e#

tor#o a las t2c#icas de reproducci*# huma#a asistida, as! como de las co#secue#cias que 2stas

produce# e# i#stitucio#es del derecho ci8il, e# su rama de derecho 7amiliar, como lo ser!a#aspectos del matrimo#io, co#cubi#ato, di8orcio, 7iliaci*# y sucesio#es, re7ormas que

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e#co#tramos e# los art!culos: 0, D/, 0, // 7racci*# Q&""", /, /, /D, +, +, , 0 y

+3P ?Rodr!guez L*pez@

Es perti#e#te resaltar lo dispuesto por el art!culo D/ del C*digo Ci8il de (abasco, ya que por

primera 8ez e# #uestro pa!s, e# sus p;rra7os tercero, cuarto y qui#to, se obser8a u#a re7ere#cia

e<presa a la mater#idad sustituta y a la mater#idad subrogada, e# relaci*# a las actas de

#acimie#to y e# do#de se di7ere#cia i#cluso e#tre u# t2rmi#o y otro9 e# dicho #umeral

e#co#tramos e# el p;rra7o 7i#al u#a disposici*# co#creta respecto a la pater#idad del hijo de la

mujer casada, por lo cual resulta i#teresa#te como esta disposici*# co#tra8ie#e totalme#te la

presu#ci*# tradicio#al que se ha ma#ejado e# #uestro sistema jur!dico: que el hijo de la mujer

casada, hijo de su marido es, as! este #umeral dispo#e como e<cepci*# a esta presu#ci*#, el

hijo de la mujer casada, que sea madre gesta#te sustituta3

Art!culo D/3 (a#to la madre como el padre, que #o estu8iere# casados e#tre s!, tie#e# el deber

de reco#ocer a su hijo3

E# el acta de #acimie#to #o se har; #i#gu#a me#ci*# que cali7ique la 7iliaci*# e# 7orma algu#a3

E# el caso de los hijos #acidos como resultado de la participaci*# de u#a madre gesta#te

sustituta, se presumir; la mater#idad de la madre co#trata#te que la prese#ta, ya que este hecho

implica su aceptaci*#3

E# los casos e# los que participe u#a madre subrogada, deber; estarse a lo orde#ado para la

adopci*# ple#a3 5e e#tie#de por madre gesta#te sustituta, la mujer que lle8a el embarazo a

t2rmi#o y proporcio#a el compo#e#te para la gestaci*#, m;s #o el compo#e#te ge#2tico3 %or el

co#trario, la madre subrogada pro8ee ambos: el material ge#2tico y el gesta#te para la

reproducci*#3 5e co#sidera madre co#trata#te a la mujer que co#8e#ga e# utilizar los ser8icios

de la madre gesta#te sustituta o de la madre subrogada, seg# sea el caso3

5al8o el caso de que se trate de u# hijo #acido de u#a madre gesta#te sustituta, cua#do el hijo

#azca de u#a mujer casada que 8i8a co# su esposo, el =7icial del Registro Ci8il #o podr; ase#tar

como padre a otro que #o sea el mismo marido, e<cepto que 2ste haya desco#ocido al hijo ye<ista se#te#cia ejecutoria que as! lo declare3

Art!culo 3 cua#do e# el proceso reproducti8o participe u#a segu#da mujer, se presumir;

madre legal a la mujer que co#trata, ya sea que esta ltima pro8ea o #o el *8ulo3 Esto es,

cua#do la madre sustituta #o es la madre biol*gica del #o #acido como resultado de u#a

tra#s7ere#cia de embri*#, la madre co#trata#te deber; ser co#siderada la madre legal del #i$o y

2ste ser; co#siderado hijo leg!timo de la mujer que co#trat*3

'espu2s de citar los art!culos a#teriores, resulta perti#e#te resaltar la importa#cia, ya a#tesme#cio#ada e# este trabajo, de la i##o8aci*# y la pauta de la 7alta de legislaci*# e# el tema3 %or

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eso es importa#te destacar, que las circu#sta#cias y los e7ectos que puede# llegar a surgir 8a#

m;s all; de esta #ormati8idad3

(% Con!i-erar ./ri!0r/-encia nacional com0ara-a

*% LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 1DUDH2 = LA

ORGANI>ACI#N DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACION5 LA CIENCIA =

LA CULTURA1UNESCO2%

*%$ LA UNESCO"

Co# la co#memoraci*# del +F a#i8ersario de la 'eclaraci*# K#i8ersal de los 'erechos

uma#os es preciso re7le<io#ar acerca de la #ue8a dime#si*# de los derechos 7re#te al a8a#ce

biotec#ol*gico3 'e#tro de la jerarquizaci*# de los 'erechos uma#os se e#cue#tra# los de

tercera ge#eraci*# re7eridos al derecho al desarrollo, progreso y calidad, tal es el caso de la

ma#ipulaci*# ge#2tica y la de7e#sa del patrimo#io ge#2sico de la huma#idad, que so# protegidos

como la ese#cia de la 8ida3 E# este se#tido, se ha 8e#ido trabaja#do y di7u#die#do el pri#cipio

que el ge#oma huma#o es patrimo#io de la huma#idad y como tal merece la m;s amplia

protecci*#3

)re#te a los desborda#tes a8a#ces cie#t!7icos de la procre;tica y la ma#ipulaci*# g2#ica, la

bio2tica ha te#ido que repla#tear sus postulados, algu#os pa!ses ha# dictado leyes y los

orga#ismos i#ter#acio#ales protectores de los derechos huma#os se ha# pro#u#ciado respecto

al a8a#ce biotec#ol*gico y su i#7lue#cia e# el hombre y e# la huma#idad3

Es as! que la K1E5C=, luego de crear e# 0DD el Comit2 "#ter#acio#al de Bio2tica, se po#e a la

8a#guardia e# el debate de la correcta aplicaci*# de las cie#cias m2dicas e# el hombre, co# ello

se busca ca#alizar los alca#ces y 7i#es del %royecto Ge#oma uma#o, cuyo objeti8o es

e#co#trar la i#7ormaci*# co#te#ida e# los ge#es3 La participaci*# de este orga#ismoi#ter#acio#al e# el proyecto se da e# tres #i8eles: 0@Coordi#aci*# e i#tegraci*# de los es7uerzos

de la i#8estigaci*# i#ter#acio#al y la disemi#aci*# de los resultados, /@ E# la participaci*# de los

pa!ses subdesarrollados y, @ E# la estimulaci*# de los debates e# los aspectos ta#to 2ticos,

sociales, legales y comerciales del proyecto3

%ero la K1E5C= #o s*lo ha 8e#ido participa#do como espectador e# los descubrimie#tos del

ge#oma3 E# su /D Reu#i*# ?%ar!s, 00-00-0DD@ aprob* la 'eclaraci*# K#i8ersal sobre el

ge#oma huma#o y los derechos huma#os que es el docume#to m;s importa#te que e# materiade bio2tica se haya dictado y si bie# #o tie#e u# car;cter 8i#cula#te, es la base jur!dica

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i#ter#acio#al e# que deber;# apoyarse los Estados miembros cua#do quiera# co#templar e# su

legislaci*# #acio#al reglas e# materia de 'erecho ge#2tico3

5u objeti8o ese#cial es 7ijar el marco 2tico de las acti8idades relacio#adas al ge#oma huma#o a

7i# que #o se 8ul#ere# los derechos huma#os #i se limite# las i#8estigacio#es biocie#t!7icas3 Es

as! que, por 8ez primera, se 7ija e# u# te<to el marco mu#dial de las implica#cias de la ge#2tica

sobre el ser huma#o3 Esta 'eclaraci*# es u# C*digo de Bio2tica K#i8ersal y surge como

co#secue#cia que los Estados registraro# el peligro que represe#taba de la ause#cia de #ormas

i#ter#acio#ales e# materia de bio2tica3

La 'eclaraci*# se basa e# el respeto a la dig#idad de cada perso#a 7re#te a las i#8estigacio#es

biotec#ol*gicas sobre el ge#oma3 Es as! que los pri#cipios e# que se i#spira coi#cide# co# la

'eclaraci*# K#i8ersal de los 'erechos uma#os al prohibirse el ge#oismo o discrimi#aci*#

ge#2tica y el rechazo al determi#ismo ge#2tico, que es aquella corrie#te que tie#de a 7ijar

e7ectos o co#secue#cias toma#do como pu#to de partida las caracter!sticas bioge#2ticas de las

perso#as ?derecho a la igualdad@9 el derecho al co#se#timie#to pre8io a cualquier tratamie#to, el

derecho a saber o #o saber los resultados y co#secue#cias de u# e<ame# realizado ?derecho a

la libertad i#di8idual@9 la co#7ide#cialidad de los datos ge#2ticos ?derecho a la i#timidad@9 el

dis7rute de los be#e7icios resulta#tes de los a8a#ces cie#t!7icos ?pri#cipio de solidaridad@3

Asimismo, el derecho a u#a reparaci*# justa como co#secue#cia de u# da$o ge#2tico3

El pri#cipal aporte de la 'eclaraci*# es #egar el reduccio#ismo ge#2tico, es decir rechazar la

idea de u# Jtodo ge#2ticoJ que prete#da atribuir todos los comportamie#tos huma#os,

i#di8iduales y sociales al s*lo determi#ismo biol*gico, co# ello se 7ija los l!mites a la

discrimi#aci*# por razo#es de la sobrestimaci*# bioge#2tica3 E# la misma l!#ea co#sagra la regla

que el ge#oma #o puede dar lugar a be#e7icios pecu#iarios3

El equilibrio de la 'eclaraci*# es el respeto de los derechos 7u#dame#tales y el a7;# de

gara#tizar la libertad de i#8estigaci*#, suste#t;#dose e# el hecho que #o todo lo t2c#icame#te

posible es 2ticame#te aceptable3 Reza que #i#gu#a co#sideraci*# cie#t!7ica, eco#*mica, social opol!tica puede pre8alecer por e#cima del respeto a los derechos huma#os, a las libertades

7u#dame#tales y a la dig#idad de la perso#a3 (ie#e como i#spiraci*# pol!tica buscar los medios

para 7ortalecer la solidaridad mu#dial3 Como docume#to u#i8ersal i#siste e# 7ortalecer la

solidaridad y cooperaci*# e#tre los pa!ses que e# el campo de la ge#2tica abarca desa7!os

espec!7icos como so#: co#tar co# recursos eco#*micos, busca estimular los trabajos sobre

e#7ermedades raras y e#d2micas, promo8er u#a solidaridad acti8a co# las perso#as 8ul#erables

a de7icie#cias de tipo ge#2tico, da prioridad a la promoci*# de la educaci*# e# materia debio2tica3

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5u objeti8o es perdurar e# el tiempo3 ue #o te#ga que estar modi7ic;#dose co# cada

descubrimie#to haci2#dose u#a e<cepci*# co# la clo#aci*#, dada las recie#tes pr;cticas

realizadas, a la que cali7ica de co#traria a la dig#idad huma#a3

Co# estos docume#tos i#ter#acio#ales de bio2tica se completa el ;mbito del C*digo de

1Sremberg y la 'eclaraci*# de elsi#Iy y #os po#e# e# ate#ci*# de que es tiempo de gara#tizar

la teor!a #atural de la e8oluci*# e8ita#do la pr;ctica de la ge#eraci*# t2c#ica del hombre3 1o se

quiere atar legalme#te el a8a#ce cie#t!7ico, simpleme#te 7ijar su rumbo e# de7e#sa y be#e7icio del

ser huma#o y de la colecti8idad3 Es reco#7orta#te, y represe#ta u# gra# ali8io, que la #ormati8a

i#ter#acio#al haya i#cluido al ge#oma e# su re7le<i*# ya que, m;s u# simple tema, es la ese#cia

b;sica de los derechos huma#os3 Ello co#7irma la real y actual relaci*# Bio2tica 'erecho y

esboza el m;<imo derecho del hombre, el derecho de ser huma#o3

*%( DUDHLa Comisi*# de 'erechos uma#os de las 1acio#es K#idas emiti* el /. de abril de 0DDD la

Resoluci*# 1o3 de#omi#ada JLos 'erechos uma#os y la Bio2ticaJ e# la que se presta

especial i#ter2s por los siguie#tes temas:

03 Los derechos del hombre

El ser huma#o, por su #aturaleza de ser libre y dig#o, tie#e 8alores i#here#tes y derechos que le

permite# su dese#8ol8imie#to total e i#tegral9 es decir, la co#secuci*# o ejecuci*# de ideales,

i#iciati8as y proyectos3 Estos derechos de la perso#a se suste#ta# e# la e<ige#cia moral de

cautelar y respetar la dig#idad del ser huma#o, bri#d;#dole u#a protecci*#, u# escudo o ma#to

protector, e# su desarrollo biopsicosocial3

Los derechos de la perso#a, como aclara 1orberto Bobbio J333#o #ace# todos e# u# mome#to3

1ace# cua#do debe# o puede# #acer3 1ace# cua#do el aume#to del poder del hombre sobre elhombre, que acompa$a i#e8itableme#te al progreso t2c#ico, es decir, al progreso de la

capacidad del hombre de domi#ar la #aturaleza y a los dem;s, crea #ue8as ame#azas a la

libertad del i#di8iduo o bie# descubre #ue8os remedios a su i#dige#cia: ame#azas que se

desacti8a# co# e<ige#cias de l!mites al poder9 remedios que se 7acilita# co# la e<ige#cia de

i#ter8e#cio#es protectoras del mismo poder333J ?0@3

As!, el a8a#ce cie#t!7ico ha determi#ado que la 8ida huma#a e<perime#te cada 8ez mayores y

radicales cambios por lo que el 'erecho, al #o ser u# Jproducto i#m*8il, est;tico, pere##eJ ?/@si#o di#;mico, 7luido, cambia#te, ya que Jse #utre de la 8ida huma#a social e# cua#to culturaJ

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?@, ha ido adecua#do sus i#stitucio#es y su #ormati8idad e# de7e#sa de la perso#a, o7recie#do

Jla respuesta m;s id*#ea para solucio#ar lo que sucede y suceder; igual, co# regulaci*# o si#

ellaJ ?@, toma#do como suste#to pri#cipios ge#erales y de ese#cia #atural3 5obre este pu#to

Maria#o Gro#do#a ?@ #os re7iere que hay u# pri#cipio, que podr!amos llamar de orde# u#i8ersal,

que es Jel car;cter sagrado de la 8ida huma#aJ del cual se despre#de que la esterilizaci*#, los

m2todos co#tracepti8os, el aborto y la ma#ipulaci*# ge#2tica a7ecta# directame#te la u#idad y la

proyecci*# 8ital de la perso#a al ser co#trarios a su #aturaleza y ese#cia, por lo que estas

pr;cticas debe# ser dr;sticame#te sa#cio#adas e# de7e#sa del ser huma#o3

A#to#ioE#rique %erez Lu$o re7le<io#a que: JLa re8oluci*# tec#ol*gica ha redime#sio#ado las

relacio#es del hombre co# los dem;s hombres, las relacio#es e#tre el hombre y la #aturaleza,

as! como las relacio#es del ser huma#o co# su co#te<to o marco de co#8i8e#cia3 Estas

mutacio#es #o ha# dejado de i#cidir e# la es7era de los derechos huma#osJ ?@3 'e esta ma#era,

e<istie#do la llamada ge#eraci*# de derechos huma#os: de primera ?ci8iles y pol!ticos@, de

segu#da ?los derechos eco#*micos, sociales y culturales@ y los de tercera ge#eraci*# ?los

derechos de solidaridad@, la de7e#sa del ser huma#o 7re#te a los a8a#ces biotec#ol*gicos y la

ma#ipulaci*# ge#2tica debe# e#co#trarse resguardada de#tro de algu#a de estas 7ases3 Es as!

que, el autor citado e#cuadra co#ju#tame#te co# el derecho a la paz, a la calidad de 8ida y a la

libertad i#7orm;tica, como derechos represe#tati8os de la tercera ge#eraci*#, al derecho a morir

co# dig#idad, al derecho al cambio de se<o, al aborto libre y gratuito y a las gara#t!as 7re#te a la

ma#ipulaci*# ge#2tica3

/3 Los 'erechos Cl;sicos y Los 1ue8os 'erechos 'e La %erso#a

Los derechos se estructura# e# base a 8alores 7u#dame#tales como so# la dig#idad, la libertad,

la igualdad y la solidaridad que m;s, que derechos ?so# metaderechos de la perso#a@, so# la

7ue#te o ese#cia para otorgar la protecci*# y seguridad al ser huma#o ?@3

Los cambios sociales y el desarrollo biotec#ol*gico ha# determi#ado el desplazamie#to de los

cl;sicos derechos de la perso#a, as! como la aparici*# de #ue8os derechos3 Este 7e#*me#o sedebe a que el ;mbito de protecci*# jur!dica se ha mostrado i#su7icie#te e# ciertos casos3

As! te#emos, e#tre otros:

T 'erecho a la i#tegralidad, protege la ese#cia ge#2tica, el ge#oma e# toda su dime#si*#3

T 'erecho a la e<iste#cia, busca proteger los eleme#tos biol*gicos del ser huma#o que tie#e# u#

co#te#ido 8ital ?pero que #o tie#e# 8ida e# s!, pero sir8e# para producirla, ?gametos, c2lulas stem

o totipote#cialaes@ y que merece# u#a protecci*# especial3

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T 'erecho a co#ocer el propio orige# biol*gico, a e7ectos de resguardar legal derecho a la

ide#tidad de la perso#a, permitie#do el ejercicio de a8eriguar quie#es so# sus proge#itores

i#7ormaci*# que, por disti#tas causas, puede ser desco#ocida, estar e# discusi*# o ser debatible

T 'erecho a la i#8estigaci*# de la pater#idad, para cautelar el leg!timo i#ter2s, 7aculta#do a todo

sujeto a i#iciar las accio#es legales a 7i# de a8eriguar su #e<o 7ilial3

T 'erecho a la i#timidad ge#2tica, 7u#dame#tado e# la protecci*# de la i#7ormaci*# m;s perso#al

del hombre, la ge#2tica3

T 'erecho a saber, suste#tado e# la 7acultad para co#ocer los resultados obte#idos de u# biotest

T 'erecho a #o saber, suste#tado e# 7acultad de ig#orar los resultados obte#idos de u# biotest

T 'erecho a la i#di8idualidad biol*gica, a e7ectos de proteger la u#icidad ?ser #ico e irrepetible@

y la u#idad ?ser u#a sola cosa@ del ser huma#o3

T 'erechos reproducti8os, se di8ide# e# los #egati8os ?legitima#do los m2todos de pla#i7icaci*#

7amiliar@ y los positi8os ?ate#die#do a la aplicaci*# de procesos asistidos para te#er

desce#de#cia@3

T 'erecho a sobre8i8ir, el cual es u#a proyecci*# al derecho a la 8ida pudie#do re7erir#os al

mismo e# el caso espec!7ico de los embrio#es crioco#ser8ados3 5eres huma#os a quie#es, si#

hab2rseles pri8ado de la 8ida, ha# su7rido u#a paralizaci*# e# su proceso 7isiol*gico, co# el 7i#

de alg# d!a Urei#iciarloV de 8eri7icarse ciertas circu#sta#cias preestablecidas por otros3 La

dig#idad del hombre impide estas pr;cticas3

*%* EL SUSTENTO DE LA RESOLUCION

La Resoluci*# 1o3 de#omi#ada JLos 'erechos uma#os y la bio2ticaJ de la Comisi*# de

'erechos uma#os de las 1acio#es K#idas se suste#ta e# los siguie#tes pri#cipios:

Los 8alores, los derechos y los deberes huma#os

Especial co#sideraci*# debe te#erse e# cue#ta al mome#to de legislar sobre u# asu#to ta#amplio, delicado y cambia#te como es el a8a#ce biotec#ol*gico, la procre;tica y el a#;lisis del

ge#oma huma#o3

Cualquier dispositi8o, por m;s moder#o o actual que se prese#te, puede caer e# desuso o

resultar i#aplicable por u#a #ue8a t2c#ica ge#2tica3 A ello debe agregarse el hecho que u#a

#ormati8idad sobre temas de Bio2tica o 'erecho Ge#2tico debe ser lo su7icie#teme#te precisa,

pero a la 8ez amplia, a 7i# de proteger de ma#era e7ecti8a al ser huma#o e# su co#ju#to 7ija#do

los 7i#es y prope#die#do el desarrollo de la biotec#olog!a e# pro del ser huma#o3 E# este orde#

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de ideas, deber; co#siderarse la 7orma e7ecti8a e# la que ha de cautelarse las relacio#es

perso#ales as! como los derechos y deberes de las partes i#ter8i#ie#tes3

El ;mbito de #ormaci*# deber; i#cidir e#:

T 1ormas de protecci*# de la 8ida y reguladoras de la relaci*# biojur!dica ?'erecho susta#ti8o@

T 1ormas de aplicaci*# de los procesos ?'erecho adjeti8o@

T 1ormas de represi*# y sa#ci*# ?'erecho pe#al@

K#a moder#a regulaci*# jur!dica sobre el tema deba estar suste#tada m;s que e# u# sistema

casu!stico o detallista, e# u# sistema #ormati8o pri#cipista, cuyas ra!ces sea# los 8alores, ideales

y, sobre todo te#erse e# cue#ta la teor!a de los 'erechos y 'eberes uma#os ya que los

mismos trata# de la protecci*# del ser huma#o e# base a la Equidad, Libertad, >usticia y la %az

que so# la estructura sobre la cual se compleme#ta la 'ig#idad, la "gualdad y el 'esarrollo de la

)amilia como c2lula b;sica de la sociedad3

K#a #ormati8idad suste#tada e# el 8alor huma#o te#der!a a la perma#e#cia, e8ita#do as! su

desactualizaci*#3

03 Gozar de los be#e7icios cie#t!7icos

El 'erecho #o puede po#er 7re#o o se#tar escollos al a8a#ce cie#t!7ico, pero lo que #o debe

permitir es que dicho progreso se logre utiliza#do al ser huma#o como u# medio para obte#er u#

7i# merame#te eco#omicista o utilitario3

Est; e#tre los deberes del Estado reco#ocer el derecho a la libertad de creaci*# cie#t!7ica ?art3/,

i#c3/, Co#stituci*#@ as! como 7acilitar el desarrollo cie#t!7ico y tec#ol*gico e# el pa!s ?art3 0,

Co#stituci*#@ de ma#era tal que se logre# satis7acer de ma#era e7ecti8a todas y cada u#a de las

#ecesidades de las perso#as e# base al progreso3 E# el mismo se#tido, la Ley Ge#eral de 5alud

parte del presupuesto de la promoci*# por parte del Estado a la i#8estigaci*# cie#t!7ica y

tec#ol*gica e# el campo de la salud ?art3 Q&@3

El progreso y desarrollo de las cie#cias, y e# especial de las biocie#cias para #uestro estudio, es

por el hombre para el hombre3 a de estar siempre e# claro, y ser pri#cipio ese#cial, que elprogreso cie#t!7ico es e# be#e7icio del ser huma#o3

/3 1o a los e<perime#tos m2dicos #i cie#t!7icos si# co#se#timie#to

E# #uestro medio el marco legal de la e<perime#taci*# cie#t!7ica la te#emos e# la Co#stituci*#

ya que regula el derecho de la perso#a a su i#tegridad moral, ps!quica y 7!sica ?art3/, i#c30@3 El

C*digo ci8il establece el car;cter irre#u#ciable del derecho a la i#tegridad 7!sica ?art3@ y, e#

co#corda#cia, i#dica la prohibici*# de los actos de disposici*# del propio cuerpo e<cepto e#

casos de estado de #ecesidad, orde# m2dico o quirrgico o por moti8os huma#itarios ?art3@3 LaLey ge#eral de salud, e# cua#to al tema especial del co#se#timie#to i#7ormado del pacie#te,

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determi#a que toda perso#a, usuaria de los ser8icios de salud, tie#e derecho a #o ser objeto de

e<perime#taci*# para la aplicaci*# de medicame#tos o tratamie#tos si# ser debidame#te

i#7ormada sobre la co#dici*# e<perime#tal de 2stos, de los riesgos que corre y si# que medie

pre8iame#te su co#se#timie#to escrito o el de la perso#a llamada legalme#te a darlo, si

correspo#diere, o si estu8iere impedida de hacerlo ?art30, i#c3 d@3

Como u# pri#cipio ese#cial e# el 'erecho m2dico perua#o ?D@, la 8olu#tad y libre determi#aci*#

del ser huma#o es ese#cial e# el tema de la i#8estigaci*# y de la e<perime#taci*# m2dica3

*%6 PROTEGER AL NIO DE TODA FORMA DE VIOLENCIA

La comu#idad y el Estado protege# especialme#te al #i$o ?art3, Co#stituci*#@ de all! que el

C*digo de los #i$os y adolesce#tes gara#tice la 8ida del co#cebido, protegi2#dolo de

e<perime#tos o ma#ipulacio#es ge#2ticas co#trarias a su i#tegridad y desarrollo 7!sico o me#tal

?art30@3

Esta protecci*# #ormati8a se hace e<te#si8a a la gra# di8ersidad y 7ormas de ma#ipulaci*#

ge#2tica como la 7ecu#daci*# de embrio#es por de mezcla de compo#e#tes ge#2ticos,

tra#sg2#esis, clo#aci*#, selecci*# de se<o, procesos de hibridaci*#, quimerizaci*#,

crioco#ser8aci*#, cesi*# de tero, o8odo#aci*#, embriodo#aci*#, e#tre otros3

Establecer u#a tipi7icaci*# pe#al para estas co#ductas co#trarias a la i#tegridad, dig#idad e

i#di8idualidad del ser huma#o es 7u#dame#tal, ya que debe# tipi7icarse estos m2todos

cie#ti7icistas como delitos tipo por ma#ipulaci*# ge#2tica o por ma#ipulaci*# gi#ecol*gica3

3 %ri#cipio de 2tica

El establecimie#to claro y a la 8ez co#creto de la moral ?bue# actuar@ y de las obligacio#es

?relaci*# 7acultaddeber@ del hombre es u# tema de especial i#ter2s al mome#to de e8aluar el

desarrollo biocie#t!7ico y sus aplicacio#es e# el ser huma#o3

E# raz*# de ello, la regulaci*# jur!dica y la e7ecti8idad de las #ormas debe# estar e#cuadradas

e# dos pu#tos de especial i#ter2s relacio#ados co# la prestaci*# de ser8icios pro7esio#ales y el

proceso educati8o:

T El pri#cipio de la 2tica e# el ejercicio de la medici#a

El desarrollo e impulso desco#trolado de la biotec#olog!a m2dica ha desplazado los c;#o#es

tradicio#ales y el jurame#to hipocr;tico por u#a actitud simplista y u# criterio merame#te e7ectista

e# el cual se toma e# cue#ta de ma#era primaria los resultados y #o los medios empleados3

Es decir, se pre7iere el 7i# ?los resultados@ si# medir las co#secue#cias ?los da$os@ que seproduce# e# la ese#cia del ser huma#o y de la huma#idad3

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La correcta utilizaci*# de las t2c#icas y procesos m2dicos debe ser u#o de los pri#cipales

desa7!os y preocupacio#es de las K#i8ersidades que debe# reco#siderar o a7ia#zar cursos

obligatorios de Bio2tica, as! como de los Colegios y gremios m2dicos que debe# re#o8ar o

actualizar sus c*digos deo#tol*gico a e7ectos de lograr pro7esio#ales co#8e#cidos e# la

protecci*# y tutela de la 8ida3

T El pri#cipio de la e# la e#se$a#za de la medici#a

5i partimos de u# a#;lisis #ormati8o 8amos a determi#ar que la 7ormaci*# 2tica y la e#se$a#za

de los derechos huma#os es obligatorio e# todo proceso educati8o ?art3 0, Co#stituci*#@, si#

embargo la e#se$a#za e# ge#eral es impartida de ma#era muy amplia y #o se ha ce#trado au#

el tema de la bio2tica como u# aspecto especial o de importa#cia e# los pla#es de estudio3

Ahora bie#, si partimos de la a7irmaci*# que todo proceso educati8o debe ampararse e# el

respeto de la dig#idad y respeto del ser huma#o ?art30, Co#stituci*#@ lograremos la 7i#alidad de

u#i7ormizar el proceso de apre#dizaje y de educaci*# e# ge#eral, y e# especial de la 2tica y su

aplicaci*# e# la biomedici#a3

*%9 La! Recomen-acione! -e la Re!ol/ci,n

La Resoluci*# #o s*lo se dedica a prese#tar los problemas deri8ados del desarrollo

biotec#ol*gico si#o que pla#tea recome#dacio#es a seguir a e7ectos de permitir u#a cautela y

seguridad3

03 "#7ormar las tareas empre#didas para 8elar por los pri#cipios reco#ocidos e# la 'eclaraci*#

K#i8ersal del ge#oma uma#o:

El 2<ito de la 'eclaraci*# del ge#oma depe#de b;sicame#te de las tareas empre#didas por los

Estados a 7i# de po#erla e# pr;ctica3 Estas tareas debe# ser clarame#te establecidas y

pre8iame#te a#alizadas, midie#do sus objeti8os y 7i#alidades as! como sus logros mediatos e

i#mediatos35i bie# la 'eclaraci*# como i#strume#to i#ter#acio#al #o tie#e 8alor 8i#cula#te, pues solo

co#stituye u# compromiso moral para los Estados, e#te#dido est; que su objeti8o es 7ijar el

marco 2tico, moral, 8alorati8o y huma#o de las acti8idades relati8as al ge#oma, bas;#dose e#

pri#cipios de car;cter duradero3 Es por ello que, los pa!ses miembros de la K1E5C= debe#

asumir la respo#sabilidad de po#er e# marcha la 'eclaraci*#, i#7orma#do de los a8a#ces e# la

aplicaci*# y ejecuci*# de la misma3 5*lo as! se podr; ma#te#er 8ige#te sus pri#cipios3 La

e7ecti8idad y perma#e#cia de sus #ormas #o depe#de de alguie# e# particular ?i#di8idual@ si#o

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de todos los hombres ?colecti8idad@ por u# compromiso perso#al e i##ato, proteger la especie

huma#a3

La reactualizaci*# y moder#izaci*# de la 'eclaraci*# del ge#oma es tarea de todos3

/3 Establecimie#to de u#a pol!tica u#i7orme sobre bio2tica:

Los temas de bio2tica al ser ese#cialme#te huma#os so# di8ersos y de por si complejos3

Establecer li#eamie#tos jur!dicos claros, precisos y u#i7ormes e# esta materia #o es cosa

se#cilla, y es que la amplitud de su campo de acci*# di7iculta u#a pol!tica sta#dard e# el 'erecho

comparado3

La regulaci*# y #ormaci*# jur!dica de la bio2tica ha de estar suste#tada e# pri#cipios m;s que

e# casos co#cretos dado que el a8a#ce cie#t!7ico es impredecible3 Ello se lograr; e# la medida

que se de7i#a la pol!tica y los pri#cipios bases que ha# de orie#tar el rol del Estado e# la materia3

3 5e$alar la importa#cia de las i#8estigacio#es sobre el ge#oma huma#o:

La i#8estigaci*# y el saber cie#t!7ico del ge#oma merece ser bie# recibida por el orde#amie#to

social dado que implica per se u# be#e7icio para el ser huma#o3

oy e# d!a, y cada 8ez co# mayor e<ige#cia, es #ecesario co#ocer la 8erdadera ese#cia y

mag#itud del ser huma#o dado que los cambios e# su medio We#ti2#dase habitatX repercute#

de u#a ma#era u otra e# su i#tegridad, salud y desarrollo3 Co#ocer la co#7ormaci*# ge#2sica del

ser huma#o es til y be#e7icioso3 Lo que resulta #egati8o y perjudicial es la utilizaci*# deliberada

y utilitarista que se le puede dar al patrimo#io ge#2tico huma#o3

K#a correcta i#8estigaci*# sobre el ge#oma debe estar suste#tado e# los siguie#tes pri#cipios:

A3 5al8aguarda 'e Los 'erechos 'e La %erso#a:

La cautela y de7e#sa de los derechos de la perso#a es u# presupuesto b;sico e# u#a sociedad

suste#tada e# criterios democr;ticos, sociales e i#depe#die#tes y esto #o es aje#o para #osotros

medio a pesar de estar de por medio el desarrollo biotec#ol*gico, ya que es deber primordial del

Estado perua#o gara#tizar la ple#a 8ige#cia de los derechos huma#os y proteger a la poblaci*#

de las ame#azas co#tra la seguridad ?art3, Co#stituci*#@3La protecci*# de los derechos de la perso#a resulta i#teresa#te si a#alizamos la e7ecti8idad de

los medios de tutela 8ige#tes e# #uestro medio3 %odr!a pe#sarse e# accio#es de gara#t!a

especial!simas para proteger el e8e#tual o actual da$o ge#2tico que es pasible el ser huma#o,

sobre todo toma#do e# co#sideraci*# lo especialme#te irre8ersibles e i#dem#izables que

resulta# este tipo de perjuicios3

B3 %roteger La 'ig#idad, "de#tidad N K#idad:

La Resoluci*# a#alizada ha e#te#dido como 8alores 7u#dame#tales del ser huma#o 7re#te aldesarrollo biotec#ol*gico la siguie#te tr!ada jur!dica:

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T La 'ig#idad

El ser huma#o por #aturaleza es dig#o es decir es merecedor, be#e7iciario y titular de protecci*#

 jur!dica3 Este resguardo permite a la perso#a desarrollarse !#tegrame#te e# sociedad si# m;s

reparos #i restriccio#es que el respeto por los derechos de sus semeja#tes3 5e quiere u#a 8ida

huma#a dig#a, e<e#ta de cualquier tipo de predetermi#ismo ge#2tico3

T La "de#tidad

El co#ju#to de atributos y caracter!sticas que permite# i#di8idualizar e ide#ti7icar a la perso#a e#

sociedad, permitie#do que cada cual sea u#o mismo, di7ere#te a los dem;s es la ide#tidad3 El

a8a#ce ge#2tico y especial las ma#ipulacio#es del ge#oma se prese#ta# como u# ate#tado

sig#i7icati8o co#tra este derecho e# la medida que se logra su alteraci*#, modi7icaci*# y

7alseamie#to3 K# caso especial es el de la clo#aci*# que trastoca la ide#tidad o#toge#2tica

?i#di8idualidad@ y 7iloge#2tica ?pare#talidad@ ?0+@3

T La K#idad

La u#idad se suste#ta e# la solidaridad ?comu#idad@ y e# la herma#dad ?7rater#idad@ e#tre los

hombres y los pueblos a 7i# de compartir u# por8e#ir pac!7ico basado e# 8alores comu#es,

pe#sa#do e# la especie y biodi8ersidad e# ge#eral3 Es decir, la gra# idea que subyace de este

pri#cipio es la de co#siderar a los hombres como u#a gra# 7amilia e# la que los i#di8idualismos y

protecci*# perso#alizada deja paso a la cautela del co#ju#to huma#o3 Esta u#idad se 7u#da e#

los pri#cipios i#di8isibles y u#i8ersales de la igualdad y libertad, sobre el cual reposa toda

democracia y Estado de 'erecho3

C3 %roteger Co#7ide#cialidad 'e Los 'atos Ge#2ticos:

5ie#do el ge#oma ese#cialme#te i#7ormaci*# 8i#culada a la ese#cia propia del ser huma#o esta

merece u# resguardo especial por parte del 'erecho dado que #o hay #ada m;s co#7ide#cial

?pri8ado, reser8ado, secreto o i#ter#o@ que los datos ge#2sicos de u#a perso#a, de all! que

actualme#te se hable de u# #ue8o ;mbito del derecho a la i#timidad, el ge#2tico3

El derecho a la i#timidad ge#2tica es parte co#substa#cial de la dig#idad de la perso#a y comotal se suste#ta e# dos pri#cipios:

T (ra#spare#cia3 5u base es el co#ocimie#to de la i#7ormaci*#, derecho a saber3

T =pacidad3 (ie#e como base la ig#ora#cia o reser8a, derecho a #o saber3

'3 Creaci*# de comit2s de bio2tica

%or parte del Estado perua#o #o e<iste #i#g# *rga#o adhoc que se e#cargue de regular y

ca#alizar la co#ducta pro7esio#al m2dica e# el ser huma#o3

5i# embargo, a #i8el gremial pri8ado el Colegio m2dico del %er ?CM%@ es el e#cargado deregular la correcta aplicaci*# de la medici#a e# el ser huma#o a tra82s de su Comit2 de 2tica3

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E<iste# dos ?/@ Comit2s de 2tica del CM% e# Lima: Comit2 de 8igila#cia 2tica y deo#tol*gica del

Co#sejo regio#al """, ?que se ocupa de Lima@ y el Comit2 de 8igila#cia 2tica del co#sejo #acio#al3

Estos so# los e#cargados o7iciales de #ormar todo lo que es la 2tica m2dica del pa!s3 (ie#e#

como su reglame#to la #ormati8idad del CM% y C*digo de 2tica y deo#tolog!a del CM%

?CE'CM%@3 %ri#cipalme#te se 8ie#e e#carga#do de pro#u#ciarse e# temas como la co#ducta

2tica del m2dico 7re#te al pacie#te, a los pacie#tes e# el hospital y #ormar la i#8estigaci*#

biol*gica y biom2dica3

El Comit2 de 8igila#cia 2tica y deo#tol*gica es u# *rga#o asesor perma#e#te del Co#sejo

#acio#al y de los diecis2is ?0@ Co#sejos regio#ales del CM%, de modo que a #i8el #acio#al

e<iste# diecisiete ?0@ Comit2s, u#o del Co#sejo #acio#al del CM% y los resta#tes por cada

Co#sejo regio#al3

E#tre sus pri#cipales 7u#cio#es debemos me#cio#ar: Co#ocer, i#7ormar y actuar e# todos los

asu#tos de co#trol 2tico y deo#tol*gico del ejercicio pro7esio#al de la Medici#a9 recabar

i#7ormaci*# sobre el comportamie#to 2tico y deo#tol*gico de los pro7esio#ales m2dicos

procede#tes de otros pa!ses9 8igilar a e#tidades y perso#as #o colegiadas que realiza#

acti8idades relacio#adas co# la medici#a9 dar cue#ta al Co#sejo 1acio#al de las de#u#cias y

quejas que sea# 7ormuladas por 8iolaci*# del CE'CM% o de las 7altas o delitos que 8ul#ere# los

pri#cipios 2ticos de la medici#a9 promo8er y coordi#ar la de7e#sa del prestigio pro7esio#al9

de#u#ciar la acti8idad m2dica cua#do se i#curra e# trasgresio#es a las #ormas 2ticas y

deo#tol*gicas y el ejercicio ilegal de la pro7esi*#9 8igilar que el a8iso pro7esio#al #o se aparte de

las #ormas que el Colegio establezca al respecto9 emitir i#7orme sobre co#sultas relacio#adas

co# asu#tos 2ticos y deo#tol*gicos 7ormulados por e#tidades y perso#as3

E3 %royecto 'e Creaci*# 'e K# Comit2 1acio#al 'e Bio2tica

El hombre ha co#seguido u# co#siderable desarrollo e# el ;rea de la biotec#olog!a otorga#do

i#8alorables be#e7icios y e# muchos casos, tambi2#, irreparables perjuicios que repercute# #o

s*lo e# el ser huma#o como sujeto de derecho i#di8idual, si#o tambi2# e# la huma#idad, comosujeto de derecho colecti8o3 Es as! que, la bio2tica, cie#cia que estudia la correcta aplicaci*# de

la biomedici#a, tie#e como u#o de su objeti8os ce#trales ca#alizar los a8a#ces biotec#ol*gicos3

El compromiso e# materia bio2tica #o est; reser8ado para #adie e# particular3 %or el co#trario,

es u#a respo#sabilidad compartida y co#ju#ta de todos los ciudada#os que busque# u#a 8ida

sa#a, #atural y pac!7ica, que 8aya a la par co# el desarrollo biocie#t!7ico3 Bajo este esquema qu2

mejor ma#era de regular estos es7uerzos que media#te la creaci*# de u# Comit2 #acio#al de

bio2tica que gu!e el progreso de la cie#cia m2dica y biol*gica sobre la base 7u#dame#tal de lospri#cipios, 8alores y 'erechos uma#os3

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K# Comit2 de bio2tica #o s*lo 8a a ser importa#te para que el %er, como estado miembro de la

K1E5C=, cumpla co# tomar las medidas #ecesarias a 7i# de promo8er los pri#cipios e#u#ciados

e# la 'eclaraci*# K#i8ersal sobre el Ge#oma uma#o y los 'erechos uma#os, si#o que #os 8a

a ser8ir para adoptar u#a posici*# #acio#al y propiciar la aprobaci*# de #ormas i#ter#as que

regule# las acti8idades biotec#ol*gicas, como so# la reproducci*# asistida, la e<perime#taci*#

huma#a, crioco#ser8aci*# de embrio#es, la pla#i7icaci*# 7amiliar as! como tareas admi#istrati8as

como la creaci*# de registros de cede#tes de esperma, registro para los establecimie#tos y

pro7esio#ales habilitados e# biotec#olog!a reproducti8a y de ide#ti7icaci*# ge#2tica, e#tre otros3

T )i#alidad

El Comit2 #acio#al de bio2tica debe ser u# orga#ismo multisectorial que te#ga como 7i#alidad: a@

Re7le<io#ar, sobre las cuestio#es 2ticas y jur!dicas que pla#tea las i#8estigacio#es y sus

aplicacio#es, as! como 7ome#tar el i#tercambio de ideas e i#7ormaci*#, e# particular media#te la

educaci*#9 b@ propiciar, acti8idades e#cami#adas a suscitar u#a mayor co#cie#cia e# materias

de bio2tica9 c@ cooperar, co# las orga#izacio#es i#teresadas e# las cuestio#es que se pla#tea#

e# el ;mbito de la bio2tica9 d@ prestar, asesoramie#to e# lo re7ere#te a la di7usi*# y respeto de la

'eclaraci*# K#i8ersal sobre el Ge#oma uma#o y los 'erechos uma#os, e ide#ti7icar las

pr;cticas que puede# ir e# co#tra de la dig#idad huma#a3

T =bjeti8o

El Comit2 te#dr; como pri#cipal objeti8o 8elar por la protecci*# y el respeto de la dig#idad,

libertad, ide#tidad e i#tegridad del ser huma#o y la huma#idad e# las i#8estigacio#es

biom2dicas3 %ara dar cumplimie#to a ello deber; gozar de u#a i#depe#de#cia que le permita

libertad y auto#om!a e# sus deliberacio#es y posicio#es3

Lle8ar; a cabo u#a re7le<i*# 2tica sobre los progresos de la biotec#olog!a y su repercusi*# e# la

8ida, salud y medio ambie#te, te#ie#do e# cue#ta ta#to los argume#tos que los i#8estigadores y

los pro7esio#ales soste#ga#, as! como las di8ersas e<ige#cias de la sociedad3 'esempe$ar; u#a

7u#ci*# de asesoramie#to t2c#ico e# base a la re7le<i*# bio2tica co#duce#te a la 7ormulaci*# depri#cipios rectores, i#spirados e# los derechos y libertades3 Estimular; la educaci*#, 7ormaci*# e

i#7ormaci*# de los pri#cipios de la bio2tica y 7ome#tar; el debate cie#t!7ico, y e#tre otros m;s,

7ortalecer; la toma de co#cie#cia respecto de los problemas pla#teados por las i#8estigacio#es

e# biolog!a, ge#2tica y medici#a, y por sus aplicacio#es3

T Estructura

El Comit2 puede crearse por decreto preside#cial o mi#isterial, o por decisi*# parlame#taria3

(ambi2# podr!a ser a i#iciati8a de orga#izacio#es #o guber#ame#tales o i#stitucio#es pri8adas, obie#, depe#der del Colegio de m2dicos del %er o estar 8i#culado a u#a i#stituci*# paraestatal3

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5u composici*# deber; ser pluridiscipli#aria a 7i# de poder captar la di8ersidad de criterios y a

tra82s de amplias discusio#es llegar a solucio#es co#cretas e# los asu#tos pla#teados3 Este

Comit2 podr; estar i#tegrado por represe#ta#tes del Mi#isterio de Relacio#es E<teriores,

Mi#isterio de 5alud, Mi#isterio de >usticia, Mi#isterio de Educaci*#, Mi#isterio de promoci*# de la

mujer y del desarrollo huma#o, Colegio de abogados de Lima, Colegio m2dico del %er, "glesia

cat*lica, Cruz Roja %erua#a, K#i8ersidad, Especialistas e# cie#cias huma#as ?7il*so7os,

a#trop*logos, soci*logos, te*logos@,u# porta8oz de los cultos registrados e# el pa!s, u# porta8oz

de los ciudada#os del pa!s, u# porta8oz de las asociacio#es de discapacitados y u# porta8oz de

la i#dustria bioqu!mica, biom2dica, biocosm2tica y 7armac2utica3

E# de7i#iti8a, el Comit2 #acio#al de bio2tica ser8ir; para ca#alizar ?#o para 7re#ar@ el a8a#ce

biotec#ol*gico a 7i# de lograr su m;<imo pro8echo por y para el hombre, desterra#do aquellos

m2todos e# los que se ha 8e#ido utiliza#do al ser huma#o como medio e# be#e7icio de

determi#ados i#tereses biotec#ol*gicos y m2dicos3

(rabajo coordi#ado del Comit2 "#ter#acio#al de Bio2tica y de la 5ubcomisi*# de pre8e#ci*# de

discrimi#acio#es y protecci*# de las mi#or!as

uiz; estemos e# la a#tesala de u#a sociedad e# la que la huella ge#2tica sea el todo del ser

huma#o empeza#do u#a #ue8a era e# la huma#idad, la del determi#ismo ge#2tico e# la cual

depe#deremos de #uestra i#7ormaci*# ge#2sica3

La sola prese#taci*# del car#2 de ide#tidad ge#2tico impedir; co#seguir trabajo o seguro m2dico

a quie#es te#ga# predisposici*# a e#7ermedades3 'e all! que, por ejemplo, cie#t!7icos y

orga#izacio#es c!8icas de Estados K#idos ?00@ haya# mostrado preocupaci*# sobre el tema, el

cual ha sido ca#alizado por el Co#sejo 1acio#al para la Ge#2tica Respo#sable ?CRG@ que ha

docume#tado u# promedio de /++ casos de discrimi#aci*# laboral y m2dica3 5e ha i#iciado u#

mo8imie#to para abogar por e7ecti8os sistemas de co#trol a#te la re8oluci*# ge#2tica pero los

lobbies aseguradoras y empleadores so# poderosos y est;# a7iatados al tema de la libertad

e# la i#7ormaci*# y prete#de# utilizar los datos ge#2ticos co# i#tereses de re#tabilidad yproducci*#3

Actualme#te, toda perso#a e#7re#ta el dilema de elegir e#tre a8eriguar su riesgo de salud, perder

su cobertura m2dica y hasta su trabajo3 El miedo a este ltimo es superior3 K# estudio del

Mi#isterio de (rabajo de Estados K#idos re8ela que el Y de los trabajadores #orteamerica#os

#o se har!a# u# e<ame# ge#2tico si su empresa o seguro m2dico pudiera# e#terarse de los

resultados9 y u# .+Y har!a# lo posible por bloquear el acceso3 %or su parte, la Asociaci*#

1acio#al de Gestores de Empresas ha admitido que el 0Y de las empresas re8isa el historialge#2tico de su perso#al3

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5i# proteccio#es legales, la discrimi#aci*# ge#2tica o ge#oismo asce#der; a medida que los

a#;lisis se haga# de ma#era ruti#aria y las historias cl!#icas se siga# ma#eja#do libreme#te, si#

cautela de los datos que co#tie#e3 Las leyes e# #uestro medio #o impide# los e<;me#es

ge#2ticos #i para la co#trataci*# laboral #i para los co#tratos de seguros3 La i#7ormaci*# y

e<;me#es ge#2ticos es u#a 8!a actual para reducir costos, justi7ica#do la de#egaci*# de

co#tratos laborales o coberturas de seguro, aleg;#dose co#dicio#es biol*gicas pree<iste#tes3

Esto debe ser combatido a tra82s de u# trabajo multidiscipli#ario e# el cual se co#crete la

dime#si*# e# la 8ul#eraci*# de los derechos de las perso#as y su i#mi#e#te discrimi#aci*# co#

el uso i#debido de la i#7ormaci*# ge#*mica3

=rie#tacio#es para la %uesta e# Marcha de la 'eclaraci*#

'ada la importa#cia de la 'eclaraci*# K#i8ersal del Ge#oma uma#o y los derechos huma#os

se ha dictado u# docume#to que co#tie#e u# co#ju#to de =rie#tacio#es a 7i# de establecer los

pri#cipios, pautas y reglas que ha# de tomar e# cue#ta los Estados a 7i# de aplicar la 'eclaraci*#

de ma#era real y e7ecti8a3 %or ello, es preciso establecer y asumir dichas pautas de trabajo,

co#cord;#dolas co# #uestro sistema y lle8ar a cabo los objeti8os de la 'eclaraci*#3

E#tre las pri#cipales =rie#tacio#es te#emos:

'i7u#dir, publicitar y hacer co#ocer la 'eclaraci*#

La puesta e# co#ocimie#to de la 'eclaraci*# es u#o de los pu#tos primordiales a ejecutarse para

lograr su e7ecti8idad y aplicaci*#3

'e esta ma#era, la i#7ormaci*# de los pri#cipios e# ella e#u#ciados es u#a tarea que deber;

realizarse de ma#era i#mediata, pero a la 8ez co#ti#a3 As!, la dig#idad, la libertad y los

derechos de la perso#a 7re#te al a8a#ce biotec#ol*gico ser;# los eleme#tos matrices e# las

campa$as de publicitaci*# de la 'eclaraci*#3

E# cua#to al co#te#ido de la 'eclaraci*# 2ste debe ser procesado y a#alizado por u# grupo

i#terdiscipli#ario de pro7esio#ales a e7ectos lograr u# le#guaje claro y preciso de los t2rmi#os que

debe# co#siderarse e# la di7usi*# de sus objeti8os y 7i#alidades35e#sibilizar, educar y 7ormar e# base a los pri#cipios de la Bio2tica

Los a8a#ces biotec#*logicos se 8e# determi#ados, de ma#era ge#eral, por cuestio#es

7ilos*7icas, sociales, 2ticas, eco#*micas, religiosas y jur!dicas suscita#do u# si##mero de

i#terroga#tes e# la medida que las i#ter8e#cio#es cie#t!7icas ata$e# a los seres 8i8os,

ese#cialme#te al hombre, impo#i2#dose sobre las mismas sa#cio#es morales o, e# su caso,

legales3

Co#scie#tes que la Bio2tica es u#a cie#cia pluridiscipli#aria y que se relacio#a co# casi todas lasramas del saber huma#o, e# el mismo se#tido la educaci*# e# base a sus pri#cipios debe# ser

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impartida y puesta e# co#ocimie#to a todas aquellas perso#as e i#stitucio#es cuya acti8idad se

relacio#e co# el ser, la 8ida y el medio ambie#te e# ge#eral3

La e#se$a#za de la bio2tica implica 7u#dame#talme#te la 7ormaci*# de 8alores e# todos los

miembros de la sociedad lo que se prese#ta como u#a tarea compleja, de all! que lo m;s

co#8e#ie#te es que su i#strucci*# 8aya e# paralelo co# el desarrollo de la perso#a, es decir se

realice desde la etapa escolar, pasa#do por la u#i8ersitaria y po#ie#do 2#7asis e# el desarrollo de

cursos de post grado, para 7ome#tar la especializaci*# correspo#die#te3

La 'eclaraci*#3 )ue#te i#eludible para la regulaci*# jur!dica de la biotec#olog!a

El desarrollo y e8oluci*# de las pr;cticas ge#2ticas #o ha sido aje#o al %er3 'esde hace u#a

d2cada se realiza# t2c#icas de reproducci*# huma#a asistidas y, actualme#te, se cue#ta# co#

medios t2c#icos para e7ectuar pruebas de ide#ti7icaci*# a tra82s del A'1, terapias g2#icas,

localizaci*# de ge#es y crioco#ser8aci*# de embrio#es, adem;s de e<istir ba#cos de seme# que

satis7ace# e<ige#tes requerimie#tos de calidad3

A pesar de ello, #o e<iste u# cuerpo legal org;#ico y sistem;tico que regule el desarrollo de la

ge#2tica y su i#7lue#cia e# las relacio#es sociales3 (ampoco co#tamos co# #i#gu#a i#iciati8a de

ley 7ormal ?ll;mese proyectos de ley@ a #i8el del %oder Legislati8o que se preocupe i#tegralme#te

sobre este tema3

5i# embargo, ya se 8ie#e habla#do de u# 'erecho ge#2tico e# la doctri#a #acio#al y se ha

desarrollado u#a 8asta literatura jur!dica, cohere#te y madura sobre este tema, resta#do s*lo la

elaboraci*# legal para proteger los a8a#ces biocie#t!7icos de la cie#cia ge#2tica3

%or otro lado, e<iste# i#stitucio#es cuya opi#i*# sir8e de 7ue#te de criterios 2ticos y orie#tadores

de gra# 8alor para el discurso jur!dico #acio#al y e# su caso para las i#iciati8as legislati8as, estas

so#: Los Comit2s de bio2tica de los ce#tros de salud, la c;tedra de 'erecho ge#2tico

?K#i8ersidad 1acio#al mayor de 5a# Marcos@, las asociacio#es e i#stitucio#es cie#t!7icas

8i#culadas co# el ;mbito bio2tico, as! como los Ce#tros de i#8estigaci*# ?K#i8ersidad de Lima@3

5ie#do la 'eclaraci*# K#i8ersal del ge#oma huma#o y los derechos huma#os el docume#to m;simporta#te que e# materia de bio2tica se haya dictado debe ser co#siderado como la base y

7ue#te jur!dica que deber;# tomar e# cue#ta los Estados miembros de la K1E5C= cua#do

deba# co#templar e# su legislaci*# #acio#al reglas e# materia de 'erecho ge#2tico, de all! que

#o debe quedar e# u# i#strume#to merame#te declarati8o si#o debe tra#s7ormarse e# u#a

herramie#ta capaz de ser utilizada e# be#e7icio directo de la huma#idad3

E# el %er se ha dado u# primer paso al respecto al adecuar el 'ocume#to de trabajo preparado

Comisi*# Especial e#cargada de elaborar el A#teproyecto de Ley de Re7orma del C*digo Ci8il de

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0D. re7erido a los art!culos y del Libro de 'erechos de las perso#as, e# lo co#cer#ie#te a la

de7e#sa de los derechos e la perso#a 7re#te a los a8a#ces biotec#ol*gicos3

:% Concl/!ione! 3 Recomen-acione!

Co# el a8a#ce cie#t!7ico y cl!#ico a #i8el del mu#do, el 'erecho tambi2# ha a8a#zado da#do u#a

serie de re7ormas e# sus leyes co# el ;#imo de regular el uso y abuso de la cie#cia, tal es as!

que e# Espa$a se derog* e# particular la Ley -0D.., del // de #o8iembre, sobre (2c#icas de

Reproducci*# Asistida, y la Ley -/++ cuyo objeto pri#cipal era resol8er el problema gra8e y

urge#te de la acumulaci*# de preembrio#es huma#os sobra#tes, para po#er e# marcha la Ley

0-/++, publicada el /. de mayo del /++ sobre (2c#icas de Reproducci*# uma#a Asistida,regula#do la aplicaci*# de las t2c#icas, hacie#do u# seguimie#to del uso y desti#o de las c2lulas

do#adas y la regulaci*# de los gametos y preembrio#es huma#os crio co#ser8ados, al igual

que regulaba la #o discrimi#aci*# de las perso#as co# discapacidad para el uso de 2sta t2c#ica3

Esta Ley hace re7ere#cia al importa#te papel asesor de la Comisi*# 1acio#al de Reproducci*#

uma#a Asistida y la creaci*# del registro de do#a#tes y del registro de acti8idad de los ce#tros

de reproducci*# huma#a asistida3

E# la Legislaci*# espa$ola el co#se#timie#to de la madre para realizar esta pr;ctica 7re#te a u#do#a#te, le impide realizar u#a impug#aci*# de 7iliaci*# del hijo #acido media#te esta pr;ctica, y

si 7uese el caso que sea el 8ar*# quie# autorice el acto m2dico, esto si ser; determi#a#te de las

relacio#es de 7iliaci*#3

E# algu#as legislacio#es #o se permite la selecci*# ge#2tica racial, de se<o o determi#ados

rasgos 7!sicos, sal8o que sea co# 7i#es de e8itar e#7ermedades hereditarias asociadas co# 2l

se<o3

E# Alema#ia y Espa$a est; prohibido 7ecu#dar *8ulo huma#o co# u# prop*sito, disti#to al de la

reproducci*# huma#a asistida3

ILIOGRAFIA

E5(K'"=5 >KRZ'"C= %E1ALE5 5=BRE GE1("CA N B"=ME'"C"1A3 "3 Be#!tez, L3

Morillas, >3 %eris3 A$o /++3

A1(ECE'E1(E5 "1(ER1AC"=1ALE5 'E LEG"5LAC"[1 5=BRE (ERA53 )la8ia &3

Muttarrasso3 Bue#os Aires, >ulio /++D3

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