Download - 9_CONT_DE_EXINTINCION_DE_OB.RTF

Transcript

CONTRATO DE EXTINCION DE OBLIGACIONES POR COMPENSAClON Y CONFUSION ENTRE RECIPROCOS DEUDORES Y ACREEDORESSEOR NOTARIO DE FE PUBLICAEn el registro de escrituras pblicas a su cargo, srvase insertar una de extincin de obligaciones por compensacin y confusin de las calidades de deudor y acreedor, al tenor de las siguientes clusulas:Primera.- Har Ud., constar que, yo, , soy legtimo propietario del inmueble situado en N .. de la ciudad de , con una superficie de ___ metros cuadrados, por compra efectuada a su anterior propietario Sr. .., conforme a escritura pblica N. de fecha de de 2003, suscrita ante el Notario de Fe Pblica Sr. ., encontrndose mi derecho de propiedad inscrito definitivamente en la Oficina de Registro de Derechos Reales, bajo la Partida N .. Fojas . del Libro .., en fecha de . de 2003.Segunda.- Har Ud., constar tambin que, el Sr. , me ha concedido un prstamo de dinero por la suma de .. 00/1 00 BOLIVIANOS (Bs. ), por el trmino de un ao, computable a partir de fecha . de de 2003, bajo la garanta hipotecaria del referido inmueble y que se halla inscrito en el Libro de Hipotecas de la Oficina del Registro de Derechos Reales, bajo la Partida N.. Fojas .. del Libro . en fecha de . de 2003.Tercera.- Har Ud., constar por otra parte que, mi acreedor Sr. . posteriormente, o sea en fecha . de . de 2003, efectu la compra al crdito de un lote de artculos electrodomsticos y de vajilla, de mi Almacn denominado . con asiento legal en esta misma capital, por un valor de .. 00/100 BOLIVIANOS (Bs. .), que por diversas circunstancias no fue abonado dentro del trmino previsto en las respectivas Notas de Remisin y de Cargo.Cuarta.- Al presente, har Ud., constar de la misma manera que, nosotros: y . al haberse reunido en nuestras personas las calidades de deudor y acreedor, luego de haber practicado las correspondientes liquidaciones de las sumas de dinero que recprocamente nos adeudbamos entre ambos, de comn acuerdo hemos resuelto dar por extinguidas las obligaciones pendientes que se hallan sealadas en las clusulas segunda y tercera de esta minuta, por haberse operado entre las partes suscribientes, la compensacin y confusin de crditos y dbitos, conforme lo previenen los artculos 363 y 376 del Cdigo Civil; quedando, por tanto, completamente extinguidas las anotadas obligaciones, como emergencia de la suscripcin de este instrumento.Quinta.- De conformidad a los trminos contenidos en la presente minuta, que tienen el carcter de acuerdo transaccional y definitivo, igualmente previsto en el Art. 945 del citado Cdigo Civil, ambas partes convienen en dar por cancelada, la obligacin hipotecaria, debiendo en consecuencia, levantarse el gravmen que pesa sobre el inmueble de referencia, inscrito en la Oficina del Registro de DD.RR., bajo la Partida N Fojas del Libro .. en fecha . de . De 2003.Usted seor Notario, se dignar agregar las dems clusulas de seguridad y estilo para su validez.Lugar y fecha.

Fdo. .. Fdo. .